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Fecha de publicación: 03/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja del departamento de Huancavelica y de las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 actualizado - Versión 1 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL

Nº 091-2026-VIVIENDA-SG

Lima, 1 de octubre de 2026

VISTOS:

El Memorando Nº 1254-2026-VIVIENDA/SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000369-2026-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, el “Acta de Validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado Versión 1 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, el Informe Nº 827-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del SINAPLAN;

Que, el inciso 12 del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la programación multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN;

Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055- 2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico;

Que, el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional” señala que el POI Anual en ejecución se actualiza cuando se presenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI;

Que, el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, establece que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los sistemas de planeamiento, modernización, inversión pública y de presupuesto; asimismo, el literal a) del artículo 40 del citado Reglamento establece que la Oficina de Planeamiento y Modernización tiene como función coordinar, formular y actualizar los planes estratégicos sectorial e institucional y el plan operativo institucional, así como realizar estudios prospectivos e investigaciones para el planeamiento sectorial;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA, se constituye la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, determinar el plan de trabajo para elaborar o modificar el PEI y el POI, así como, validar el documento del PEI y POI;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 363-2025-VIVIENDA, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026;

Que, con el “Acta de Validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado Versión 1 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, constituida con la Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA, valida el proyecto del “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 actualizado versión 1 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; asimismo, en la citada Acta se señala que la actualización del POI considera las modificaciones presupuestales vigentes al 31 de agosto de 2026, la incorporación, modificación y exclusión de actividades operativas e inversiones, así como los ajustes efectuados en las metas físicas y financieras;

Que, con el Memorando Nº 1254-2026-VIVIENDA/SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000369-2026-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, con el cual sustenta y propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para lo cual, señala que la actualización se debe a las modificaciones presupuestales vigentes al 31 de agosto de 2026, así como a la inclusión y exclusión de actividades operativas e inversiones respecto de las metas programadas, entre otros ajustes en la programación; circunstancias previstas en los literales a) y b) del numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”; así como, señala que el mismo ha sido elaborado en coordinación con cada uno de los representantes de los centros de costo del Ministerio, de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos en la citada Guía y cuenta con la validación de la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, a través del Acta de Validación citado en el considerando precedente; habiéndose registrado en el aplicativo CEPLAN V.01 las respectivas modificaciones;

Que, mediante el Informe Nº 827-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que estando a la validación de la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, constituida con la Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA, y a lo opinado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde se expida una Resolución de Secretaría General para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, conforme a lo señalado en el literal b) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 383-2026-VIVIENDA, se delega en la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la facultad de aprobar las actualizaciones del POI;

Que, en consecuencia, corresponde disponer la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Con el visado de la Jefa General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe General de Asesoría Jurídica de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General.

Artículo 2.- Cumplimiento

Las unidades de organización y programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, comprendidos en la actualización que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución de Secretaría General, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 3.- Seguimiento y evaluación

La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Oficina de Planeamiento y Modernización, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LELIA LOURDES LAZO CORNEJO

Secretaria General

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2560954-1