Convocan a ciudadanas para asumir provisionalmente cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Pacaycasa
Resolución Nº 3096-2026-JNE
Expediente Nº JNE.2026258711
PACAYCASA - HUAMANGA - AYACUCHO
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 18 de agosto de 2026
VISTO: el Oficio Nº 198-2026-MDP/A, del 12 de agosto de 2026, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, remitió documentación relacionada con la licencia sin goce de haber concedida a don Reinaldo Cuadros Aguado, alcalde de la citada entidad edil (en adelante, señor alcalde), con motivo de su participación como candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTES
1.1. El 10 de junio de 2026, el señor alcalde presentó ante la Municipalidad Distrital de Pacaycasa, con el Expediente Nº 1807-2026, su solicitud de licencia sin goce de haber, con el propósito de participar como candidato en las ERM 2026, precisando que dicha licencia debía ser concedida a partir del 4 de setiembre de 2026.
1.2. Posteriormente, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 020-2026-MDP/CM, del 14 de julio de 2026, el Concejo Distrital de Pacaycasa aprobó la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor alcalde, con vigencia a partir del 4 de setiembre de 2026, esto es, treinta (30) días calendario antes de las ERM 2026.
1.3. A través del oficio del visto, la Municipalidad Distrital de Pacaycasa remitió a este órgano electoral el referido acuerdo de concejo y la documentación relacionada con la licencia concedida al señor alcalde.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El artículo 24 dispone que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, este es reemplazado por el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil de su propia lista electoral; asimismo, el numeral 1 de dicho artículo señala que al teniente alcalde lo reemplaza el regidor hábil que sigue en dicha lista electoral.
1.3. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1
1.4. Mediante el mencionado decreto, se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los consejos regionales de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República.
En la Resolución Nº 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026
1.5. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
[…]
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)
1.6. El artículo 14 regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados se verifica que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 020-2026-MDP/CM, del 14 de julio de 2026, el Concejo Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde, con vigencia a partir del 4 de setiembre de 2026, esto es, treinta (30) días calendario antes de las ERM 2026.
2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1. del numeral 6 de la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.5.), la licencia debe hacerse efectiva desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026. Asimismo, se verifica que la solicitud de licencia del señor alcalde fue presentada ante la Municipalidad Distrital de Pacaycasa el 10 de junio de 2026, esto es, dentro del plazo establecido en la citada resolución.
2.3. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber del señor alcalde cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Pacaycasa y cumple con las exigencias establecidas en la normativa electoral aplicable, de acuerdo con lo establecido en la LOM y en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.5.), y con la finalidad de mantener la representación de la entidad edil en mención, corresponde convocar a doña Anahí Karinena Arce Huayta, identificada con DNI Nº 72100318, primera regidora del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa de la referida municipalidad, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.
2.4. Ahora bien, con la finalidad de completar el número legal de regidores del Concejo Distrital de Pacaycasa, corresponde determinar al candidato no proclamado que debe ser convocado durante el periodo de licencia del señor alcalde (ver SN 1.3).
2.5. En consecuencia, corresponde convocar a doña Evelin Yasmin Noriega Pillaca, identificada con DNI Nº 70504416, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Agua, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.
2.6. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, emitida el 27 de octubre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.7. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de calificación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, no se registra que doña Anahí Karinena Arce Huayta, identificada con DNI Nº 72100318; y doña Evelin Yasmín Noriega Pillaca, identificada con DNI Nº 70504416, participen como candidatas en las ERM 20264.
2.8. Del mismo modo, de la consulta de sus fichas en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se verifica que, las referidas personas no registran restricción ni fecha de fallecimiento, y sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes.
2.9. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Reinaldo Cuadros Aguado como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
2. CONVOCAR a doña Anahí Karinena Arce Huayta, identificada con DNI Nº 72100318, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. CONVOCAR a doña Evelin Yasmín Noriega Pillaca, identificada con DNI Nº 70504416, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pacaycasa, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>.
2560408-1