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Fecha de publicación: 01/10/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del INDECOPI

Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 01201-2026-DE

Lima, 30 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 003242-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02365-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01840-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Radicado N° 20250620042/ MDN-COGFM-JEMCO-AYCOG-DIGED-PERU-59.1, la Agregaduría Aérea de la Embajada de Colombia en Perú remite a la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, el Radicado N° FAC-S-2025-021613-CE del 12 de junio de 2025 / MDN-COGFM-FAC-COFAC, por el cual, la Comandancia de la Fuerza Aeroespacial de Colombia extiende invitación para que cinco (5) delegados por país invitado: un (1) ponente por delegación y cuatro (4) invitados en calidad de asistentes, participen en el II Congreso Internacional en Operaciones Médicas Especiales “ESCULAPIO 2026”, a realizarse en la Universidad Militar Nueva Granada, ubicada en el municipio de Cajicá, Cundinamarca, y en el Comando Aéreo de Combate N° 2, ubicado en el municipio de Villavicencio, Meta, República de Colombia, del 5 al 12 de octubre de 2026; asimismo, precisa que cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación, desplazamientos terrestres, desplazamientos aéreos al ejercicio operacional y la seguridad durante el evento, con excepción de los seguros médicos y pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), los cuales serán asumidos por el país invitado;

Que, mediante Oficio Extra FAP N° 003242-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal titular y suplente que participará en el II Congreso Internacional en Operaciones Médicas Especiales “ESCULAPIO 2026”, a realizarse en la Universidad Militar Nueva Granada, ubicada en el municipio de Cajicá, Cundinamarca, y en el Comando Aéreo de Combate N° 2, ubicado en el municipio de Villavicencio, Meta, República de Colombia, del 5 al 12 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 4 de octubre y retorno el 13 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 026-2026/DSOA; la exposición de motivos (ORD. FAP 30-24); el documento “Hoja de gastos y declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG N° 136 DGVC-ME/SIAF-RP”; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000022, que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos (ORD. FAP 30-24), la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal designado para participar en la referida misión de estudios; por cuanto, les permitirá recibir una formación de alto nivel, actualizada y acorde a los estándares internacionales; asimismo, permitirá a la institución optimizar recursos y mejorar la eficiencia en la respuesta a emergencias médicas, lo que incluye la planificación de misiones hasta la utilización adecuada de equipos y recursos humanos; así como, la actualización en las últimas técnicas y procedimientos en el campo de la Aeroevacuación Médica para garantizar la calidad y seguridad de las operaciones;

Que, a través del Oficio N° 02365-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 124-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable respecto a la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, referida en los considerandos precedentes;

Que, con el Informe Legal N° 01840-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en el II Congreso Internacional en Operaciones Médicas Especiales “ESCULAPIO 2026”, a realizarse en la Universidad Militar Nueva Granada, ubicada en el municipio de Cajicá, Cundinamarca, y en el Comando Aéreo de Combate N° 2, ubicado en el municipio de Villavicencio, Meta, República de Colombia, del 5 al 12 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 4 de octubre y retorno el 13 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa el pago que corresponda con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:

Pasajes aéreos

Lima – Bogotá (Colombia) - Lima

Clase económica

US$

1,836.54 x 2 personas (incluye FEE)

US$

3,673.08

Total a pagar en dólares americanos:

US$

3,673.08

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

Ministerio de Defensa

2559960-1