Crean la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador (RNESEI) y aprueban lineamientos para su estructura, gobernanza y operación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00345-2026-PRODUCE
Lima, 30 de setiembre de 2026
VISTOS: El Memorando N° 00000968-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Informes Nos. 00000032-2026-PRODUCE/DGITDF y 00000823-2026-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; el Informe N° 00000519-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000808-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 000001308-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que dicha entidad es competente, entre otras, en materia de industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, pesquería y acuicultura;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de la referida Ley señala que, entre las funciones rectoras del Ministerio de la Producción se encuentra, entre otras, la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector;
Que, el artículo 108 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establece que la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización es el órgano técnico normativo de línea, responsable de identificar las tendencias en materia de innovación, aplicación de tecnologías para el sector productivo y fortalecimiento del emprendimiento y la gestión empresarial a través de la digitalización y formalización, con un enfoque de inclusión productiva, de descentralización y de sostenibilidad ambiental, contribuyendo a su competitividad y productividad;
Que, la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, establece como uno de sus objetivos prioritarios vincular la economía digital a los procesos productivos sostenibles del país, para lo cual dispone la implementación de diversos servicios a cargo de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, entre ellos, el fortalecimiento de incubadoras y aceleradoras para emprendimientos digitales y de base tecnológica; así como, mecanismos de intermediación entre inversionistas y emprendedores; por lo que, resulta necesaria la creación de la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador como mecanismo que coadyuve a la materialización de dichos objetivos;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 016-2022-
PRODUCE, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo Industrial, la cual tiene como uno de sus objetivos prioritarios incrementar la complejidad de los productos manufacturados en las empresas del sector manufacturero, estableciendo como lineamiento fortalecer la cultura y los ecosistemas de innovación a nivel nacional y descentralizado; marco con el cual se encuentra alineada la creación de la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador;
Que, a través de los Informes N°s. 00000032-2026-
PRODUCE/DGITDF y 00000823-2026-PRODUCE/DGITDF, la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización hace suyo los Informes N°s. 00000059-2026-PRODUCE/DIN y 00000079-2026-PRODUCE/DIN de la Dirección de Innovación, mediante los cuales sustenta la necesidad de crear la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador y remite el proyecto de Resolución Ministerial que crea dicha Red y aprueba los “Lineamientos para la estructura, gobernanza y operación de la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador (RNESEI)”;
Que, mediante el Memorando N° 00000968-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Informe N° 00000519-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, que brinda conformidad al Informe N° 00000686-2026-PRODUCE/DN, de la Dirección de Normatividad, en el que se considera viable continuar con el trámite de aprobación del proyecto normativo;
Que, mediante el Memorando N° 00000808-2026-
PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° 00000316-2026-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, entre otros aspectos, concluye que, desde el punto de vista estrictamente presupuestal, no formula observaciones al proyecto de Resolución Ministerial; asimismo, la aprobación y posterior ejecución del referido proyecto normativo no supone ni implica asignación de recursos adicionales al Pliego 038: Ministerio de la Producción, toda vez que los gastos que pudieran generarse se atenderán con cargo al presupuesto institucional asignado a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización (DGITDF) y a las entidades participantes en el marco de sus competencias”;
Que, por los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 000001308-2026-PRODUCE/OGAJ opina que resulta legalmente viable la emisión de la presente Resolución Ministerial;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030; y el Decreto Supremo N° 016-2022-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Industrial;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación de la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador
Crear la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador (RNESEI), con el objetivo de constituir un modelo integral de estructura y gobernanza para las Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador en el Perú, que promueva las relaciones colaborativas para mejorar, en su conjunto, los servicios que brindan y fortalecer su rol en la orquestación del ecosistema de innovación y emprendimiento.
Artículo 2.- Aprobación de los Lineamientos
Aprobar los “Lineamientos para la estructura, gobernanza y operación de la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador (RNESEI)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Encargo de la implementación de los Lineamientos
Encargar a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria la aprobación, mediante Resolución Directoral, de las disposiciones normativas, técnicas, orientadoras, de gestión y demás actos resolutivos necesarios para la implementación de los Lineamientos aprobados en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Lineamientos del marco de cualificación de adscripción
Encargar a la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria la aprobación, mediante Resolución Directoral, de los “Lineamientos del marco de cualificación para la adscripción de Entidades de Soporte a la Red Nacional de Entidades de Soporte al Emprendimiento Innovador (RNESEI)”, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Financiamiento
La aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Producción, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 6.- Notificación
Notificar la presente Resolución Ministerial a los órganos y programas adscritos al Ministerio de la Producción para su conocimiento y fines.
Artículo 7.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN
Ministro de la Producción
2559940-1