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Fecha de publicación: 02/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Autorizan funcionamiento de la empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco BTG Pactual Perú S.A.” como empresa de operaciones múltiples

RESOLUCIÓN SBS N° 02364-2026

Lima, 25 de setiembre de 2026

El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por Banco BTG Pactual Chile, en calidad de organizador, a través de su representante, el señor José Antonio Blanco Cáceres, para que se autorice el funcionamiento de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco BTG Pactual Perú S.A.”;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución SBS N° 00129-2026 de fecha 15 de enero de 2026, se autorizó la organización de la empresa bancaria de operaciones múltiples bajo la denominación social de “Banco BTG Pactual Perú S.A.”;

Que, se ha verificado que la empresa bancaria de operaciones múltiples “Banco BTG Pactual Perú S.A.” ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 1B del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 01581-2023 y sus modificatorias, presentando la información allí señalada, la misma que se encontró conforme luego de su evaluación;

Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Regulación y Jurídica, así como de las Gerencias de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias; el Reglamento de autorización de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros y empresas de servicios complementarios y conexos del sistema financiero, aprobado por Resolución SBS N° 211-2021 y sus modificatorias, y el Procedimiento N° 1B del TUPA de esta Superintendencia; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la referida Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento de la empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco BTG Pactual Perú S.A.” como una empresa de operaciones múltiples.

Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General de esta Superintendencia, se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos (2) veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del certificado por parte de la Superintendencia, y la segunda en un diario de extensa circulación nacional, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la primera publicación. El certificado de autorización de funcionamiento debe encontrarse publicado de manera que se encuentre accesible permanentemente al público.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP

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