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Fecha de publicación: 30/09/2026
Aceptan renuncia de Jefa del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI

Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Argentina, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 573-2026-RE

Lima, 25 de setiembre de 2026

VISTOS:

El Memorándum N° DSL009112026 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 9 de setiembre de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3856 del Despacho Viceministerial, de 14 de setiembre de 2026; el Memorándum N° OPP021692026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 17 de setiembre de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP027752026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 18 de setiembre de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, la República del Perú se adhirió al Tratado Antártico, el 10 de abril de 1981, y en 1989, fue aceptada como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida a través de las expediciones científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP);

Que, asimismo, el Perú es Parte del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente Antártico (Protocolo de Madrid), el cual designó a la Antártida como una Reserva Natural dedicada a la Paz y a la Ciencia;

Que, el Objetivo Estratégico 1.3 de la Política Nacional Antártica aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2014-RE dispone “Fortalecer el diálogo y la cooperación antártica con otros Estados Parte del Tratado Antártico a nivel bilateral y en el marco de los diversos foros del sistema”;

Que, el Perú es miembro pleno de la Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), organismo encargado de propiciar la cooperación y el apoyo mutuo en aspectos científicos, técnicos, logísticos y ambientales de los países latinoamericanos con actividades antárticas, a fin de aunar y coordinar esfuerzos, optimizando el empleo de los recursos, en concordancia con los principios y objetivos establecidos en el Sistema del Tratado Antártico, así como el intercambio de puntos de vista y, según sea apropiado, colaboración a nivel educativo, socio-cultural y comunicacional de relevancia en el área antártica;

Que, al respecto, la XXXVII Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos “XXXVII RAPAL” se realizará en la ciudad de Ushuaia, República Argentina, del 5 al 8 de octubre de 2026;

Que, por lo antes expuesto, se estima necesaria la participación en el referido evento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, Director General de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; quien presidirá la delegación peruana;

Que, por cuestiones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Ushuaia, República Argentina, se realizará del 4 al 9 de octubre de 2026; y,

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Librado Augusto Orozco Zapata, Director General de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Ushuaia, República Argentina, del 4 al 9 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Gastos

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (92) 0137115 Representación diplomática y defensa de los intereses internacionales en el exterior - Dirección de Asuntos Antárticos; y código POI AOI00004500066 “Fortalecimiento de la presencia del Perú en el sistema del tratado Antártico”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica

(USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de

días

Total

viáticos

(USD)

Librado Augusto Orozco Zapata

1,832.19

370.00

4 + 1

1,850.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.

Artículo 3.- Informe

Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos

La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ESPÁ

Ministro de Relaciones Exteriores

2559134-1