Nombran fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 2996-2026-MP-FN
Lima, 28 de setiembre de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 003019, 003342 y 003500-MP-FN-FSNCEDCF, de fechas 31 de julio, y 19 y 28 de agosto de 2026, respectivamente, y el informe Nº 0163-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 31 de agosto de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto superior en la citada coordinación.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2055-2026-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2026, se resolvió, entre otros, designar al abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, fiscal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Callao, Distrito Fiscal del Callao, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunto superior en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0163-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 31 de agosto de 2026.
Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 70-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, fiscal adjunto provincial titular especializado en delitos de corrupción de funcionarios (corporativo) de Callao, Distrito Fiscal del Callao, en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2055-2026-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2026.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 70-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2559013-9