Designan y nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 3000-2026-MP-FN
Lima, 28 de setiembre de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 012223-2026-MP-FN-PJFSLIMA, e informe Nº 0616-2026-MP-FN-OREF-MYGL, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, solicita evaluar la designación de personal fiscal para ocupar la plaza de fiscal adjunto provincial en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre; asimismo, remite propuesta para cubrir la plaza fiscal que pudiera generarse.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2121-2022-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2022, se resolvió designar a la abogada Cristina Manyari Díaz, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.
En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, teniendo en cuenta lo solicitado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro en el oficio de vistos, a fin de coadyuvar a la labor fiscal, resulta oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fin de designar a la abogada Cristina Manyari Díaz, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre, contándose con el consentimiento de la citada abogada; para lo cual, previamente se deberá dar por concluida su designación descrita en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.
En esa línea, al generarse una plaza de fiscal adjunto provincial pendiente de ocupar en el 3º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, se considera pertinente nombrar y designar a la abogada Ruth Jacqueline Pizarro Escobar, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la referida fiscalía; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0616-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 25 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Cristina Manyari Díaz, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 3º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2121-2022-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2022.
Artículo Segundo.- Designar a la abogada Cristina Manyari Díaz, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre.
Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Ruth Jacqueline Pizarro Escobar, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 3º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeta la abogada Ruth Jacqueline Pizarro Escobar.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento a la abogada Cristina Manyari Díaz, que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Sexto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a las abogadas mencionadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2559013-13