Aprueban modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Tarma
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 013-2026-ALC/MPT
Tarma, 27 de agosto de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA
VISTO:
El Informe Nº 000124-2026-ODI-OGPP/MPT de la Oficina de Desarrollo Institucional, el Informe Nº 000513-2026-OGPP/MPT de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 001123-2026-GM/MPT de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 001018-2026-OGAJ/MPT de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 000094-2026-GM/MPT de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la actual Constitución Política del Estado reformada en su Artículo 194º, conforme con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo.”. Por su parte el Artículo 42º de la citada norma precisa que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS se Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuyo Numeral 38.5 del Artículo 38º determina que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se deben aprobar en el caso de municipalidades mediante decreto de alcaldía;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1256 que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, faculta al INDECOPI a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y de las Secretarías Técnicas Regionales de Eliminación de Barreras Burocráticas, a realizar acciones de investigación, inspección y/o supervisión con la finalidad de identificar barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad;
Que, el Decreto Supremo Nº 003-2026-EF que Aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) correspondiente al año 2026 y dicta otra disposición, fija en el Título II los compromisos, indicadores y metas estableciendo en la Tabla Nº 1 el Compromiso 7: “Fortalecer la gestión de trámites municipales”;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 0003.2026-EF/50.01 se Aprueba los indicadores, fichas técnicas y metas de los compromisos establecidos para el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión, correspondiente al año 2026, además de fijar como Área Responsable y Unidad Orgánica de Soporte al INDECOPI: Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas; Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas;
Que, mediante Oficio Nº 0475-2026/INDECOPI-SRB la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, ha identificado supuestas barreras burocráticas y solicita que previa evaluación sean eliminadas y se remita la norma que modifica o elimina, la publicación y el TUPA ya consolidado y difundido en el portal web de la Municipalidad;
Que, la Municipalidad Provincial de Tarma en reuniones de coordinación con las áreas involucradas y con el soporte técnico del INDECOPI, ha establecido que existen procedimientos que deben ser modificados, porque efectivamente son barreras burocráticas, que ameritan modificaciones al TUPA de la Municipalidad Provincial de Tarma, para el efecto cada unidad organizacional ha presentado formalmente su informe indicando las modificaciones a realizar conforme al Anexo 2;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Tarma fue aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2025-CMT y publicado el 06 de setiembre del 2025 en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Informe Nº 000124-2026-ODI-OGPP/MPT la Oficina de Desarrollo Institucional presenta las modificaciones al TUPA, concordante con la identificación de barreras burocráticas realizadas por el INDECOPI y los documentos formales de las unidades organizacionales a cargo, los mismos que se han registrado en la herramienta informática SUT. para el efecto y de acuerdo a lo establecido se ha creado otro Expediente Regular 03.32.1307-006-2026;
Que, mediante Informe Nº 000513-2026-OGPP/MPT la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto toma conocimiento de las acciones realizadas por la Oficina de Desarrollo Institucional y considerando que se encuentran cumplidas las acciones técnicas correspondientes, remite los actuados para la aprobación de las modificaciones al TUPA mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía, así como las acciones posteriores que correspondan su publicación y difusión;
Que, mediante Informe Legal Nº 001018-2026-OGAJ/MPT la Oficina General de Asesoría Jurídica considera Procedente la aprobación de las modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Tarma, en el marco del Compromiso 7 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, conforme al detalle contenido en el Informe Nº 000124-2026-ODI-OGPP/MPT emitido por la Oficina de Desarrollo Institucional, al haberse verificado el cumplimiento de los requisitos y formalidades establecidos en la normativa vigente; en consecuencia, corresponde continuar con el trámite respectivo y emitir el Decreto correspondiente, conforme al procedimiento legal aplicable;
Que, mediante Informe Nº 000094-2026-GM/MPT la Gerencia Municipal es de opinión por la procedencia de Modificar el TUPA por eliminación de barreras burocráticas, solicitando su aprobación vía Decreto de Alcaldía;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR, las Modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Tarma, que corresponde a la eliminación de barreras burocráticas identificadas mediante el Oficio Nº 0475-2026/INDECOPI-SRB, de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, conforme se detalla en el Anexo 1 y que fueran evaluadas y confirmadas por las diferentes unidades organizacionales, conforme el Anexo 2. que forman parte del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General, la publicación del presente en la forma señalada por Ley y al responsable de Informática, la publicación en la página web de la Municipalidad Provincial de Tarma www.munitarma.gob.pe; plataforma gob.pe y en el portal de transparencia estándar.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente Decreto de Alcaldía a las diferentes unidades organizacionales para que, a partir de la fecha, tomen en cuenta las modificaciones y apliquen a partir de la dación del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter JIMÉNEZ JIMÉNEZ
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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