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Fecha de publicación: 27/09/2026
Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a los Estados Unidos de América y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Prorrogan vigencia de la R.M. N° 168-2026-MTC/01.02, que declara en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

Resolución Ministerial

N° 525-2026-MTC/01.02

Lima, 25 de setiembre de 2026

VISTOS: El Memorando N° 5659-2026-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; el Informe N° 0218-2026-MTC/19.01 de la Dirección de Gestión en Infraestructura y Servicios de Transportes; el Memorando N° 1261-2026-MTC/17 de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes; el Informe N° 0133-2026-MTC/17.02 de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre; el Memorando N° 1927-2026-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; el Informe N° 1320-2026-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte, tiene por objeto establecer un marco para la declaratoria de emergencia del servicio público de transporte, destinado a garantizar la continuidad de la prestación de servicios públicos de transporte ante situaciones de emergencia, cuando estos se vean seriamente restringidos o interrumpidos, o se afecte la seguridad o integridad de los usuarios;

Que, el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo N° 1704 autoriza al titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a declarar en emergencia, mediante resolución ministerial, el servicio público de transporte cuando se verifique que se ha configurado la situación de daños o peligro inminente en la infraestructura sobre la cual se presta el servicio público;

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo N° 1704 dispone que la resolución ministerial debe identificar la infraestructura de transporte objeto de intervención. El plazo de vigencia de la resolución ministerial es de ciento ochenta (180) días calendario, prorrogable;

Que, con Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02 se declara en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por el plazo de ciento ochenta (180) días calendario;

Que, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes con Memorando N° 5659-2026-MTC/19 traslada el Informe N° 0218-2026-MTC/19.01 de la Dirección de Gestión en Infraestructura y Servicios de Transportes, donde sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la referida Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02, dado que los procesos de erosión costera y la recurrencia de oleajes anómalos continúan afectando las condiciones físicas y morfológicas de las zonas de intervención en los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, dificultando el desarrollo de los trabajos y manteniendo expuesta la infraestructura vial a situaciones de daño o peligro, lo que ha generado que se extienda el plazo programado para su ejecución y culminación;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes con Memorando N° 1261-2026-MTC/17 remite el Informe N° 0133-2026-MTC/17.02 de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre, donde señala que los citados sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco comprenden catorce (14) centros poblados con una población aproximada de ciento treinta y seis mil novecientos cincuenta y un (136 951) habitantes; por lo que, si bien no se han emitido autorizaciones de ámbito nacional en dichas vías, la situación de daño en la infraestructura adyacente a estas vías costeras, ocasionaría una severa restricción en la continuidad y seguridad del transporte terrestre de personas y mercancías;

Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal con Memorando N° 1927-2026-MTC/18 traslada el Informe N° 1320-2026-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, donde se indica que la infraestructura vial en los referidos sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, amerita la continuación de la intervención prioritaria inmediata aprobada por la referida Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02, debiéndose mantener las medidas para preservar la prestación del servicio público de transporte terrestre;

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando N° 2581-2026-MTC/09 remite el Informe N° 0619-2026-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto donde se concluye que los gastos que se deriven de las acciones e intervenciones a cargo de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes se financian con cargo al presupuesto institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de su disponibilidad presupuestaria y bajo su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte;

Que, atendiendo a lo establecido en las normas antes glosadas, así como en mérito a la habilitación efectuada mediante el Decreto Legislativo N° 1704, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal sustentan la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02 que declara en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, a fin de que se continúen adoptando las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones del transporte terrestre;

Que, en ese sentido, resulta necesario prorrogar por ciento ochenta (180) días calendario, el plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02 que declara en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar por ciento ochenta (180) días calendario, a partir del 30 de septiembre de 2026, el plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02 que declara en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que en el plazo de diez (10) días calendario posteriores a la culminación del plazo de vigencia establecido en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes informe al Despacho Viceministerial de Transportes las acciones e intervenciones efectuadas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2558724-1