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Fecha de publicación: 26/09/2026
Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a Ecuador y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Cuero y Calzado, destinada a financiar adquisición de bienes manufacturados para el Gobierno Regional La Libertad

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00342-2026-PRODUCE

Lima, 25 de setiembre de 2026

VISTOS: El Memorando N° 00000827-2026- PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, el Memorando N° 00000834-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00001327-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, mediante la Resolución Ministerial N° 000426-2025-PRODUCE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del pliego 038: Ministerio de la Producción;

Que, el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, tiene por objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las micro y pequeñas empresas (MYPE) mediante la conformación de núcleos ejecutores de compras (NEC); a través del cual se canalizarán los procesos de adquisición de los bienes manufacturados especializados;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1414 establece que los NEC son entes colectivos constituidos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales; se sujetan a dicho Decreto Legislativo, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE, demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción y supletoriamente a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado;

Que, el numeral 11.6 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414 indica que el Ministerio de la Producción transfiere financieramente los recursos a favor de los NEC para las adquisiciones de los bienes requeridos por las entidades demandantes, así como para la gestión administrativa de los NEC de corresponder; además, señala que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Ministerio de la Producción o del funcionario a quien dicho titular delegue, y se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 11.7 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414, para las transferencias de recursos a los NEC, se requiere la suscripción de un convenio entre éstos y el Ministerio de la Producción, a través de sus órganos de línea, programas o proyectos, en el cual se establecen los términos y condiciones para la entrega de los citados recursos, así como para las correspondientes rendiciones de cuentas;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE, tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE a través del Régimen de Desarrollo Productivo y su participación en las compras públicas;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00309-2022-PRODUCE se resuelve constituir el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Cuero y Calzado (en adelante, “NEC Cuero y Calzado”), de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1414 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE;

Que, por el Acuerdo Regional N° 000133-2026-GRLL-CR del Gobierno Regional La Libertad se aprueba una Transferencia Financiera a favor del Ministerio de la Producción hasta por la suma de S/ 2 999 989,46 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES), con el objeto de articular esfuerzos, capacidades y acciones para promover la adquisición de bienes manufacturados producidos por las MYPE de la Región La Libertad;

Que, mediante el Oficio N° 002452-2026-GRLL-GGR-GRDIS, el Gobierno Regional La Libertad comunicó la actualización de la curva de tallas del Programa Regional “Pasos que Transforman Vidas”, lo que generó una reducción de 110 pares de zapatillas de cuero y un saldo a favor de dicha Entidad por la suma de S/ 6 522,56 (SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS Y 56/100 SOLES); en consecuencia, el monto actualizado para la adquisición de los bienes manufacturados especializados asciende a la suma de S/ 2 993 466,90 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 46/100 SOLES);

Que, además del referido monto actualizado señalado por el Gobierno Regional La Libertad, se debe considerar la suma de S/ 311 063,00 (TRECIENTOS ONCE MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) destinado a financiar los gastos de gestión administrativa y operativa del NEC Cuero y Calzado; por lo que, el monto total de la Transferencia Financiera asciende a la suma de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES);

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 00314-2026-PRODUCE se autoriza la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma total de S/ 2 999 990,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, provenientes de la referida Transferencia Financiera efectuada por el Gobierno Regional La Libertad;

Que, con fecha 22 de septiembre de 2026 se suscribió el “Convenio N° C001-26 entre el Programa Nacional “Compras a MYPErú” y el Núcleo Ejecutor de Compras del Sector Productivo de Cuero y Calzado”, que tiene por objeto establecer los términos y condiciones de adquisición de bienes manufacturados especializados y la gestión de recursos que serán transferidos al NEC, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1414, y demás normativa aplicable, los cuales ascienden a S/ 3 311 052,46 (TRES MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CINCUENTA Y DOS Y 46/100 SOLES);

Que, por el Informe N° 00000126-2026-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-ilinaresg del Programa Nacional “Compras a MYPErú” se propone autorizar una Transferencia Financiera a favor del NEC Cuero y Calzado hasta por la suma de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES), destinada a financiar la adquisición de los bienes manufacturados especializados del sector Cuero y Calzado para el Gobierno Regional La Libertad, así como los gastos correspondientes a la gestión administrativa y operativa del referido NEC;

Que, mediante el Informe N° 00000323-2026-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización se considera procedente autorizar la Transferencia Financiera a favor del NEC Cuero y Calzado hasta por la suma de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias;

Que, por el Informe N° 00001327-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica se considera legalmente viable autorizar una Transferencia Financiera a favor del NEC Cuero y Calzado, de acuerdo a lo indicado por el Programa Nacional “Compras a MYPErú” y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera a favor del NEC Cuero y Calzado, hasta por la suma de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES), para financiar la adquisición de los bienes manufacturados especializados del sector Cuero y Calzado para el Gobierno Regional La Libertad, así como los gastos correspondientes a la gestión administrativa y operativa del referido NEC;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Cuero y Calzado

Autorizar una Transferencia Financiera a favor del Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Cuero y Calzado, hasta por la suma de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES), destinada a financiar la adquisición de los bienes manufacturados especializados del sector Cuero y Calzado para el Gobierno Regional La Libertad, así como los gastos correspondientes a la gestión administrativa y operativa del referido NEC, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5002362: Promoción y Dinamización de Mercados MYPES, por un total de S/ 3 304 529,90 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 90/100 SOLES), en las fuentes de financiamiento 1 “Recursos Ordinarios” y 4 “Donaciones y Transferencias”, Genérica de Gasto 2.5 “Otros Gastos”, Específica de Gasto 2.5.2.1.1 99 “A Otras Organizaciones”, de acuerdo a lo indicado en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento

El Programa Nacional “Compras a MYPErú”, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- Publicación

Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN

Ministro de la Producción

2558715-1