Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aérea del Perú a la Confederación Suiza, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 01180-2026-DE
Lima, 25 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 003480-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02358-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01811-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 03288-2026-MINDEF/VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa remite al Secretario General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el documento OF. RE (DSD) N° 2-20-E/749, mediante el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento que la Representación Permanente en Ginebra traslada la invitación del Vienna Center for Disarmament and Non-Proliferation (VCDNP), para participar en el Taller “Reducing Risk in Uncooperative Rendezvous and Proximity Operations”, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2026;
Que, con Oficio Extra FAP N° 003480-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP CARLOS ALBERTO VELIZ ASTETE, identificado con DNI N° 70838644 y NSA N° 97961, para participar en el Taller “Reducing Risk in Uncooperative Rendezvous and Proximity Operations”, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 27 de setiembre y su retorno el 3 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite, entre otros, el Informe Legal N° 019- 2026-CEAJ; la exposición de motivos; la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 N° 149 DGVC-ME/SIAF-RP; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000005 y N° 0000000022 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal, por cuanto permitirá fortalecer los conocimientos y criterios técnicos relacionados con la evaluación de riesgos en operaciones de encuentro y proximidad no cooperativas. La actividad constituye una oportunidad de alto valor para incrementar el nivel de preparación del personal militar y contribuir al desarrollo progresivo de las capacidades de conciencia del dominio espacial de la FAP;
Que, conforme a lo indicado en el documento OF. RE (DSD) N° 2-20-E/749 del Ministerio de Relaciones Exteriores, los gastos por alojamiento serán asumidos por los organizadores del referido taller; por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica por concepto de alimentación, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa que incluyan financiamiento parcial, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;
Que, a través del Oficio N° 02358-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 178-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01811-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP CARLOS ALBERTO VELIZ ASTETE, para participar en el Taller “Reducing Risk in Uncooperative Rendezvous and Proximity Operations”, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 29 de setiembre al 1 de octubre de 2026, así como autorizar su salida del país el 27 de setiembre y su retorno el 3 de octubre de 2026.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima – Ginebra (Confederación Suiza) - Lima
Clase económica
US$ 3,055.14 x 1 persona US$ 3,055.14
Viáticos
US$ 540.00 x 3 días x 1 persona x 40% US$ 648.00
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Total a pagar en dólares americanos: US$ 3,703.14
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2558710-1