Autorizan Transferencia Financiera a favor del Instituto Geofísico del Perú, para financiar la elaboración de cinco (5) estudios de Zonificación Geofísica - Geotécnica en áreas urbanas de diversos distritos de las provincias de Chupaca y Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 387-2026-VIVIENDA
Lima, 25 de setiembre de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° 3706-2026-VIVIENDA/VMVU-PNC y el Informe Técnico N° 000368-2026/VMVU/PNC/APP del Programa Nuestras Ciudades, el Memorándum N° 1227-2026-VIVIENDA/SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 445-2026-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Informe N° 810-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, mediante la Resolución Ministerial N° 360-2025-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 930 661 286,00 (TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, establece lo siguiente: “1. Se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para realizar transferencias financieras a favor del Instituto Geofísico del Perú (IGP), (…), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios en el Programa Presupuestal 0068: Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, para financiar la elaboración de estudios y proyectos de investigación en campos relacionados a peligros generados por fenómenos de origen natural e inducidos por la acción humana, análisis de vulnerabilidad; y análisis y evaluaciones de riesgo de desastres, así como medidas de prevención y reducción del riesgo de desastres. // 2. Las referidas transferencias financieras se aprueban, mediante resolución del Titular del pliego, previa suscripción de convenio y debe contar con el informe favorable de la oficina de presupuesto, o la que haga sus veces en el pliego, y se publican en el diario oficial El Peruano.”;
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y el Instituto Geofísico del Perú (IGP) suscribieron el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA, que tiene por objeto que el IGP realice cinco (5) estudios de Zonificación Geofísica - Geotécnica en las áreas urbanas de los distritos de Ahuac, San Juan de Iscos, Chongos Bajo y Chupaca, provincia de Chupaca, y Chupuro, provincia de Huancayo, departamento de Junín; para lo cual, el MVCS se compromete a efectuar la transferencia financiera a favor del IGP por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416;
Que, mediante el Memorándum N° 3706-2026-VIVIENDA/VMVU-PNC, la Dirección Ejecutiva del Programa Nuestras Ciudades remite el Informe Técnico N° 000368-2026/VMVU/PNC/APP del Área de Planeamiento y Presupuesto, con el cual sustenta y solicita gestionar la transferencia financiera a favor del IGP, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la elaboración de cinco (5) estudios de Zonificación Geofísica - Geotécnica en las áreas urbanas de los distritos de Ahuac, San Juan de Iscos, Chongos Bajo y Chupaca, provincia de Chupaca, y Chupuro, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA;
Que, con el Memorándum N° 1227-2026-VIVIENDA/SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 445-2026-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del IGP, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416;
Que, mediante el Informe N° 810-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, estando a lo opinado por la OGPP y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del IGP;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del IGP, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
Con el visado del Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, de la Jefa General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe General de Asesoría Jurídica de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Instituto Geofísico del Perú
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 93 430,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 112: Instituto Geofísico del Perú, para financiar la elaboración de cinco (5) estudios de Zonificación Geofísica - Geotécnica en las áreas urbanas de los distritos de Ahuac, San Juan de Iscos, Chongos Bajo y Chupaca, provincia de Chupaca, y Chupuro, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en cumplimiento de los compromisos estipulados en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA y en el marco de lo establecido en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo a los recursos del Año Fiscal 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 0068: Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, Producto 3000737: Estudios para la estimación del riesgo de desastres, Actividad 5005571: Desarrollo de estudios para establecer el riesgo a nivel territorial, Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Verificación y Seguimiento
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nuestras Ciudades, es responsable de la verificación y seguimiento del avance físico y financiero de los recursos transferidos, y del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio N° 038-2026-VIVIENDA.
Artículo 5.- Remisión
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Programa Nuestras Ciudades y a la Oficina General de Administración, como responsable de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, para que realicen las acciones que correspondan.
Artículo 6.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAURICIO FERNANDO ARNILLAS GONZÁLEZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2558704-1