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Fecha de publicación: 28/09/2026
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Declaran el cumplimiento de la notificación de 33 resoluciones gerenciales que declaran la caducidad e inicio de nuevo procedimiento administrativo sancionador

RESOLUCIÓN GERENCIAL

Nº 8895-2026-GTVT/MPC

Sumilla: Dispone la notificación mediante publicación de Resoluciones Gerenciales que declara la Caducidad del Procedimiento Administrativo Sancionador y dispone el Inicio del Nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador.

Cusco, 25 de setiembre de 2026

VISTOS: El Informe N° 929-2026-MPC-GTVT, Dictamen N° 504-2026-MPC/GTVT/AL, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley N°30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el ARTÍCULO II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el artículo 81° establece las funciones de las municipalidades provinciales en el ámbito de transporte terrestre, servicio público, transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, entre otras, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

Que, mediante Informe N° 929-2026-MPC-GTVT de fecha 21 de setiembre del 2026, el Sr. Wilbert Macedo Sanchez, notificador de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte de la MPC, remite treinta y tres(33) RESOLUCIONES DE GERENCIALES DE CADUCIDAD con sus respectivos actuados en originales, para su evaluación y revisión correspondiente, con la finalidad de que estos sean PUBLICADOS, en vista de que muchos de estos títulos, son NO PRECISOS con domicilios no ubicados por carecer de una dirección exacta, ya que en estos casos imposibilitada a los señores notificadores a realizar su labor a cabalidad.

Que, el numeral 1.1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006 -2026 - JUS, con respecto al Principio de Legalidad, señala: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que estén atribuidas, y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.”

Que, al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, se tiene RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS), remitidas por el Área de Notificaciones de la Gerencia de Transito, Vialidad y Transporte de la MPC y la Sub Gerencia de Administración de Infracciones de Tránsito, es así que, existe la posibilidad latente de que estas al no ser notificadas, puedan prescribir si su notificación y publicación no se realiza oportunamente.

Que, el numeral 1 del artículo 20° del TUO de la LPAG contempla tres formas de notificación, que deben ser aplicadas en orden de prelación; lo que no impide a la autoridad utilizar más de una forma complementaria, siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados.

Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la notificación, de suplir una modalidad con otra y modificar el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente:

Artículo 20. Modalidades de notificación

20.1 Las notificaciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación:

20.1.1 Notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio.

20.1.2 Mediante telegrama, correo certificado, telefax; o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado.

20.1.3 Por publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo.

(…).

Que, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de notificación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la Oficina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la notificación (vía publicación) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

Que, el articulo 237-A del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) establece:

Articulo 237-A.- Caducidad administrativa del procedimiento sancionador.

1. El plazo para resolver los procedimientos sancionadores iniciados de oficio es de nueve (9) meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos. Este plazo puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo por tres (3) meses, debiendo el órgano competente emitir una resolución debidamente sustentada, justificando la ampliación del plazo, previo a su vencimiento. La caducidad administrativa no aplica al procedimiento recursivo. Cuando conforme a ley las entidades cuenten con un plazo mayor para resolver la caducidad operará al vencimiento de este. (…)

4. En el supuesto que la infracción no hubiera prescrito, el órgano competente evaluará el inicio de un nuevo procedimiento sancionador. El procedimiento caducado administrativamente no interrumpe la prescripción. (…)

Que, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo N°006-2026-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal N° 05-2026-MPC;

SE RESUELVE:

Primero.- DECLARAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las treinta y tres (33) RESOLUCIONES GERENCIALES que declara la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, vía publicación a través del Diario Oficial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de notificaciones establecido en el Art 20° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), conforme al detalle adjunto relación de las Resoluciones Gerenciales:

N°

N° DE RES.

FECHA DE RES.

N° DE PIT / EXP.

ADMINISTRADO

CÓDIGO

FECHA

1.

7322-2026

24/08/2026

429705E

ADILSON ALEGRIA CALTA

M04

15/10/2022

2.

7325-2026

24/08/2026

429669E

LUIS ALFONSO VASQUEZ RAMOS

M03

24/10/2022

3.

7537-2026

25/08/2026

428873E

JUAN ENRIQUE ALDAVE JORDAN

M18

06/10/2022

4.

7538-2026

25/08/2026

426844E

YORKFRED MOSQUEIRA COANQUI

M18

06/10/2022

5.

7541-2026

25/08/2026

428361E

JULIO ANTHONY HUMPIRE HUAMAN

M18

10/10/2022

6.

7350-2026

24/08/2026

428362E

JULIO ANTHONY HUMPIRE HUAMAN

M35

10/10/2022

7.

7551-2026

25/08/2026

428502E

MICHAEL MAXIMILIANO PUCLLA PILLCO

M28

02/10/2022

8.

7552-2026

25/08/2026

429738E

JANDY ALVARO VILCAS LUQUE

M24

29/10/2022

9.

7554-2026

25/08/2026

429670E

LUIS ALFONSO VASQUEZ RAMOS

M24

24/10/2022

10.

7356-2026

24/08/2026

428084E

CESAR JAVIER VIVANCO GUTIERREZ

M04

10/10/2022

11.

7557-2026

25/08/2026

425749E

JHON CARLOS SOEL YARANGA

M24

22/10/2022

12.

7559-2026

25/08/2026

428997E

FABRICIO MIRANDA MARGOL

M24

21/10/2022

13.

7560-2026

26/08/2026

429661E

BRYAN JAIR PEREIRA ZUNIGA

M24

18/10/2022

14.

7361-2026

24/08/2026

428586E

BENIGNO MONTESINOS POCCORIMAY

M04

14/10/2022

15.

7362-2026

24/08/2026

428331E

EDY AUCCAHUAQUI HUAMAN

M03

09/10/2022

16.

7375-2026

24/08/2026

427547E

ALEX CONDE TORRES

M16

01/10/2022

17.

7567-2026

26/08/2026

428506E

BOB COLLINS VILCA SONCCO

M28

05/10/2022

18.

8158-2026

10/09/2026

431406E

WILBERT PUMA CONDORI

M40

30/10/2022

19.

8174-2026

10/09/2026

428996E

FABRICIO MIRANDA MARGOL

M28

21/10/2022

20.

8188-2026

10/09/2026

425862E

CHARLES HURTADO CARBAJAL

M28

12/10/2022

21.

8068-2026

11/09/2026

430404E

MANUEL FLORES CCOYO

M28

20/10/2022

22.

8064-2026

11/09/2026

429788E

JAVIER JULI ANDIA

M28

14/10/2022

23.

8067-2026

11/09/2026

428527E

REYNALDO FUENTES SANCHEZ

M28

17/10/2022

24.

8079-2026

10/09/2026

428525E

REYNALDO FUENTES SANCHEZ

M02

17/10/2022

25.

8177-2026

10/09/2026

425748E

JHON CARLOS SOEL YARANGA

M28

22/10/2022

26.

8183-2026

10/09/2026

428332E

EDY AUCCAHUAQUI HUAMAN

M28

09/10/2022

27.

8195-2026

10/09/2026

430360E

CHRISTIAN GAMARRA CORNEJO

M28

20/10/2022

28.

8220-2026

11/09/2026

428096E

WILBERT ANCCO PAUCAR

M02

16/10/2022

29.

8251-2026

11/09/2026

429597E

OSCAR LOAIZA SAAVEDRA

M40

20/10/2022

30.

8259-2026

11/09/2026

428526E

REYNALDO FUENTES SANCHEZ

M40

17/10/2022

31.

8263-2026

11/09/2026

428315E

ANICETO PILLCO SALLO

M40

04/10/2022

32.

8264-2026

11/09/2026

428740E

VICTOR VALDEIGLESIAS PEZO

M40

04/10/2022

33.

8244-2026

11/09/2026

460403E

FRANK RODRIGO BERROCAL BELLIDO

M38

23/08/2023

Segundo.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) ello en aplicación del principio de eficacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del estado.

Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la Sub Gerencia de Administración de Infracciones de Tránsito (SGAIT), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las oficinas competentes, precisándose además que el presente Acto Administrativo no agota la Vía Administrativa.

Regístrese, notifíquese, cúmplase.

REYNALDO BELLIDO MERIDA

Gerente

2558546-1