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Fecha de publicación: 26/09/2026
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Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Huaynacotas

ACUERDO REGIONAL

Nº 294-2026-GRA/CR-AREQUIPA

Arequipa, 25 de septiembre del 2026

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de septiembre de 2026, aprobó el siguiente Acuerdo;

VISTO:

El Dictamen de Comisión Nº 018-2026-GRA/CR-CPP de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 191 de la Constitución Política del Perú y al artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 27867 establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional.

Que, el artículo 39 de la Ley Nº 27867 establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declaran su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza excepcionalmente las transferencias financieras destinadas al financiamiento y cofinanciamiento de inversiones entre niveles de gobierno subnacional, previa suscripción del convenio respectivo.

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32513 establece que, en el caso de los Gobiernos Regionales, las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; asimismo, dispone la publicación del Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano.

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32513 establece que la entidad que transfiere los recursos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos, los cuales deben ser destinados exclusivamente a dichos fines.

Que, mediante el artículo 22 de la Ley Nº 32732 se establece que las transferencias financieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513 se efectúan hasta el 30 de setiembre de 2026.

Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 046-2026-GM/MDH, se aprobó el expediente técnico de la IOARR denominada “CONSTRUCCIÓN DE CALZADA O PISTA; EN EL(LA) CALLE HUAYNACOTAS, CRUZ VERDE, PERÚ, CENTENARIO, LIMA, INDEPENDENCIA Y TACNA EN EL CENTRO POBLADO HUAYNACOTAS, DISTRITO DE HUAYNACOTAS, PROVINCIA LA UNIÓN, DEPARTAMENTO AREQUIPA”, con CUI Nº 2737304, por el monto de S/ 1,398,243.96, conforme a la documentación que obra en el expediente;

Que, mediante Informe Nº 3122-2026-GRA-ORPPAT/OP, la Oficina de Presupuesto ha informado la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 1,398,243.96, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados.

Que, mediante los informes técnicos, presupuestales y legales que obran en el expediente administrativo, se ha sustentado la procedencia de la transferencia financiera solicitada.

Que, de acuerdo con la documentación técnica y presupuestal obrante en el expediente, la Municipalidad Distrital de Huaynacotas cuenta con la documentación correspondiente para la ejecución de la IOARR con CUI Nº 2737304.

Que, la ejecución de la transferencia financiera deberá efectuarse observando las exigencias establecidas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, particularmente la previa suscripción del convenio respectivo.

Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA y sus modificatorias; y demás normas aplicables, el Consejo Regional de Arequipa, de acuerdo a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y en aplicación de su Reglamento Interno, por UNANIMIDAD en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de septiembre de 2026;

ACORDÓ:

Artículo Primero.- APROBAR la transferencia financiera del Gobierno Regional de Arequipa a favor de la Municipalidad Distrital de Huaynacotas, hasta por la suma de S/ 1,398,243.96 (Un millón trescientos noventa y ocho mil doscientos cuarenta y tres con 96/100 soles), destinada exclusivamente al financiamiento de la ejecución de la IOARR denominada: “CONSTRUCCIÓN DE CALZADA O PISTA; EN EL(LA) CALLE HUAYNACOTAS, CRUZ VERDE, PERÚ, CENTENARIO, LIMA, INDEPENDENCIA Y TACNA EN EL CENTRO POBLADO HUAYNACOTAS, DISTRITO DE HUAYNACOTAS, PROVINCIA LA UNIÓN, DEPARTAMENTO AREQUIPA”, con CUI Nº 2737304.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la transferencia financiera autorizada mediante el presente Acuerdo Regional se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestal acreditada en el expediente y al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 32513, Ley Nº 32732, la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la normativa regional aplicable.

Artículo Tercero.- DISPONER que la transferencia financiera se efectúe previa acreditación de la suscripción del convenio respectivo, conforme a lo establecido en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32513.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a las unidades orgánicas competentes del Gobierno Regional de Arequipa realizar las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo Regional.

Artículo Quinto.- DISPONER que las áreas competentes del Gobierno Regional de Arequipa efectúen el monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, verificando su utilización exclusiva en la finalidad para la cual fueron autorizados, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32513.

Artículo Sexto.- DISPONER que la Municipalidad Distrital de Huaynacotas destine los recursos transferidos exclusivamente al financiamiento de la IOARR con CUI Nº 2737304, conforme al convenio respectivo, el expediente técnico aprobado y la normativa aplicable.

Artículo Sétimo.- PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32513, así como en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la notificación del presente Acuerdo Regional a la Municipalidad Distrital de Huaynacotas, al Gobernador Regional, a la Gerencia General Regional y a las unidades orgánicas competentes, para los fines correspondientes.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

NORMA ALEJANDRA ORTEGA VALDIVIA

Presidenta

2558430-1