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Fecha de publicación: 27/09/2026
Autorizan viaje de Ministro de Relaciones Exteriores a los Estados Unidos de América y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros

Autorizan viaje de subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral a Filipinas, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000158-2026-JN/ONPE

Lima, 24 de setiembre de 2026

VISTOS: La Carta S/N, de la Comisión de Elecciones (COMELEC) de la República de Filipinas y la Secretaría de la Asociación de Organismos Electorales Mundiales (A-WEB); la Carta Nº 000002-2026-JN/ONPE de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; el Memorando Nº 003216-2026-GIEE/ONPE, de la Gerencia de Información y Educación Electoral; así como, el Informe Nº 000545-2026-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE;

Con Carta S/N, la Comisión de Elecciones (COMELEC) de la República de Filipinas y la Secretaría de la Asociación de Organismos Electorales Mundiales (A-WEB), invitó al jefe (i) de la ONPE, para que participe de la 7ª Asamblea General de A-WEB, que se llevará a cabo en la ciudad de Metro Manila, República de las Filipinas, entre los días 12 al 17 de octubre de 2026;

Mediante la Carta Nº 000002-2026-JN/ONPE, el jefe (i) de la ONPE aceptó la invitación de la Association of World Election Bodies – A-WEB y, confirmó la participación del servidor PABLO ANDRÉS HARTILL MONTALVO, subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral de la ONPE, de acuerdo a las condiciones logísticas ofrecidas por el citado organismo, que cubrirán los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y transporte local;

Es de precisar que, la Asociación Mundial de Organismos Electorales (A-WEB) fue creada en el año 2013 y constituye una institución de carácter mundial que agrupa a 119 organismos electorales de 109 países, dentro de los cuales se encuentra la Oficina Nacional de Procesos Electorales, desde el año 2024;

En ese sentido, de acuerdo a los considerados precedentes, la ONPE participará en el citado evento, como miembro pleno de la asociación; por tanto, resulta de suma importancia que la ONPE pueda ejercer sus derechos como miembro pleno de A-WEB y también tener la oportunidad de opinar sobre los planes de cara al 2027 y cómo podrían involucrarnos;

Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Por tanto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria; y la Resolución Jefatural Nº 000067-2026-JN/ONPE;

Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del servidor PABLO ANDRÉS HARTILL MONTALVO, subgerente de la Subgerencia de Documentación e Investigación Electoral de la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE, del 12 al 18 de octubre de 2026, a la ciudad de Metro Manila, República de Filipinas, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los gastos referidos al pasaje aéreo, alojamiento, alimentación y transporte local del comisionado, serán cubiertos por la Asociación Mundial de Organismos Electorales (A WEB), y los gastos referidos al seguro de viaje, por los días comprendidos entre el 12 al 18 de octubre de 2026, serán cubiertos por la ONPE, según el siguiente detalle:

• Seguro de Viaje en el exterior 6238: US$ 36,00

Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación.

Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el servidor mencionado en el artículo primero de la presente Resolución, deberá presentar a esta Jefatura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos.

Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución a conocimiento de la Gerencia de Recursos Humanos y del servidor señalado en el Artículo Primero, para los fines pertinentes.

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese y comuníquese.

BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO

Jefe (i)

Oficina Nacional de Procesos Electorales

2558398-1