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Fecha de publicación: 25/09/2026
Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a Panamá, y encargan su Despacho al Ministro de Defensa

Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a Panamá, y encargan su Despacho al Ministro de Defensa

resolución suprema

N° 281-2026-PCM

Lima, 24 de setiembre de 2026

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; y señala que las políticas nacionales definen, entre otros, los objetivos prioritarios, los lineamientos y los contenidos principales de las políticas públicas;

Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, mediante carta de fecha 20 de agosto de 2026, la Directora Regional de la División de América Latina y el Caribe del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) cursó invitación al Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, para participar como panelista en el evento insignia correspondiente al 14º Ciclo de Reposición del FIDA (FIDA 14) denominado “Invirtiendo en el Futuro de las Economías Rurales: Empleo Juvenil, Innovación Digital y Alianzas con el Sector Privado”, a celebrarse el día 2 de octubre de 2026, en la ciudad de Panamá, República de Panamá;

Que, el referido evento internacional constituye un foro multilateral estratégico de alto nivel que reunirá a Ministros de Finanzas y Agricultura de América Latina y el Caribe, instituciones financieras multilaterales y líderes del sector privado, con el propósito de articular inversiones de impacto, soluciones tecnológicas (AgTech) y mecanismos de financiamiento para la transformación productiva rural;

Que, la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego contribuye al posicionamiento de los programas emblemáticos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, tales como el Servicio Civil de Graduandos para el Sector Agrario (SECIGRA Agrario) y el Programa de Extensión Universitaria (PEU MIDAGRI “Cultivando Talentos”), así como la proyección de las tecnologías de extensión e innovación agropecuaria conducidas por el Instituto Nacional de Innovación Agraria; contribuyendo, asimismo, al fortalecimiento de la Cooperación Técnica Internacional, en concordancia con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional al 2030 y la Política Nacional Agraria 2021-2030;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para participar en el evento insignia correspondiente al 14º Ciclo de Reposición del FIDA (FIDA 14) denominado “Invirtiendo en el Futuro de las Economías Rurales: Empleo Juvenil, Innovación Digital y Alianzas con el Sector Privado”;

Que, el presente viaje al exterior no irroga gasto alguno al Tesoro Público, debido a que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos del Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego serán asumidos por el FIDA;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia del Titular, y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 1 al 3 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

Primer Vicepresidente de la República y

Encargado del Despacho de la

Presidencia de la República

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

Encargado del Despacho de la

Presidencia del Consejo de Ministros

2558275-4