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Fecha de publicación: 25/09/2026
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Designan fiscales en la Segunda Fiscalía Suprema Penal y en la 6º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 2936-2026-MP-FN

Lima, 24 de setiembre de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 238-2026-MP-FN-2F.SUPR.P y 99-2026-MP-FN-CNFEFD, e informe Nº 232-2026-MP-FN-ORE-JJCP, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, fiscal suprema titular designada en la Segunda Fiscalía Suprema Penal y Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, solicita la asignación de personal fiscal para que desempeñe funciones en la fiscalía suprema a su cargo y en la coordinación nacional antes citada, en atención a la estricta necesidad de servicio y con el propósito de reforzar y garantizar la continuidad del trabajo fiscal.

Asimismo, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1967-2026-MP-FN, de fecha 7 de julio de 2026, se resolvió designar, en adición a sus funciones, a la abogada Liz Patricia Benavides Vargas, fiscal suprema titular, designada en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2266-2026-MP-FN, de fecha 31 de julio de 2026, entre otros, se resolvió nombrar al abogado Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2821-2022-MP-FN y 2266-2026-MP-FN, de fechas 23 de diciembre de 2022 y 31 de julio de 2026, respectivamente, entre otros, se resolvió nombrar a la abogada Ethel Carolina Gómez Paucar, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Primera Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2316-2026-MP-FN, de fecha 5 de agosto de 2026, entre otros, se resolvió designar a la abogada Liz Carol Delgadillo Hinojo, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Suprema Penal.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3811-2019-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2019 se dispuso asignar de manera temporal una (1) plaza de fiscal adjunto superior, de carácter transitorio —creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 y rectificada por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019— a la Primera Fiscalía Suprema Penal, a partir de la fecha hasta la disponibilidad presupuestal u otra disposición por necesidad de servicio.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2170-2019-MP-FN, de fecha 15 de agosto de 2019 se dispuso asignar de manera temporal una (1) plaza de fiscal adjunto provincial, de carácter transitorio —creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 y rectificada por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019— a la Primera Fiscalía Suprema Penal.

El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

El artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo n.o 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fiscal adjunto provincial —pendiente de ocupar— en la 6º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro.

En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales y estando a lo solicitado en los oficios de vistos, y conforme a lo indicado, sobre la existencia de una (1) plaza libre de fiscal adjunto provincial, pendiente de ser cubierta, en la 6º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro, se estima pertinente disponer la designación de la abogada Liz Carol Delgadillo Hinojo, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en su condición de magistrada titular, en el referido despacho, conforme al título otorgado por la Junta Nacional de Justicia, Resolución Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026 y a los fundamentos señalados, en su oportunidad, para su designación en el despacho respectivo, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2266-2026-MP-FN , de fecha 31 de julio de 2026; para lo cual previamente, será necesario dar por concluida su designación descrita en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; asimismo, resulta oportuno disponer la asignación de una (1) plaza de fiscal adjunto provincial y una (1) plaza de fiscal adjunto superior a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, por lo que, se dá por concluido las asignaciones de las referidas plazas en la Primera Fiscalía Suprema Penal; consecuentemente, se deberá designar en dichas plazas fiscales a los abogados Ethel Carolina Gómez Paucar, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, y Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y por necesidad de servicio, destacar a éste último como apoyo a la Fiscal Suprema Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva; para lo cual será necesario dar por concluido el nombramiento y designaciones, según corresponda, descritos en el tercer y cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 232-2026-MP-FN-ORE-JJCP, de fecha 23 de septiembre de 2026.

Es de precisar que las plazas de fiscal adjunto provincial y fiscal adjunto superior, señaladas en el decimoséptimo párrafo de la presente resolución —con carácter transitorio— corresponden a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 y rectificada por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 70-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Ethel Carolina Gómez Paucar, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2821-2022-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 2266-2026-MP-FN, de fechas 23 de diciembre de 2022, 30 de diciembre de 2024 y 31 de julio de 2026, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2266-2026-MP-FN, de fecha 31 de julio de 2026.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de la abogada Liz Carol Delgadillo Hinojo, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2316-2026-MP-FN, de fecha 5 de agosto de 2026.

Artículo Cuarto.- Dar por concluida la asignación temporal de una (1) plaza de fiscal adjunto provincial y una (1) plaza de fiscal adjunto superior, ambas con carácter transitorio —creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 y rectificada por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019— a la Primera Fiscalía Suprema Penal, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2170-2019-MP-FN y 3811-2019-MP-FN, de fechas 15 de agosto y 31 de diciembre de 2019, respectivamente.

Artículo Quinto.- Asignar, de manera temporal, las plazas de fiscal adjunto provincial y fiscal adjunto superior señaladas en el artículo cuarto, a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, a partir de la fecha hasta la disponibilidad presupuestal u otra disposición por necesidad de servicio.

Artículo Sexto.- Designar al abogado Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Suprema Penal; asimismo, destacarlo como apoyo a la Fiscal Suprema Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición.

Artículo Séptimo.- Designar a la abogada Ethel Carolina Gómez Paucar, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Suprema Penal.

Artículo Octavo.- Designar a la abogada Liz Carol Delgadillo Hinojo, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la 6º Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Centro.

Artículo Noveno.- Precisar que las plazas señaladas en los artículos sexto y séptimo, tienen la condición de transitorias en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019 y rectificada por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 70-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Artículo Décimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Víctor Saturnino Ccallo Chirinos, Ethel Carolina Gómez Paucar y Liz Carol Delgadillo Hinojo que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Décimo Primero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Penal, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2558220-1