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Fecha de publicación: 25/09/2026
Autorizan viaje del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego a Panamá, y encargan su Despacho al Ministro de Defensa

Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 01175-2026-DE

Lima, 23 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 003243-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02297-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01769-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio FAP N° 000090-2026-AGCOL/FAP, el Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Colombia remite a la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el Radicado N° FAC-S-2026-017557-CE, mediante el cual el Comandante de la Fuerza Aeroespacial Colombiana extiende invitación para que un (1) Oficial del grado de Teniente, Capitán o Mayor, y dos (2) Cadetes designados por la fuerza Aérea del Perú participen en la Semana Universitaria de la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suarez” (EMAVI), a realizarse en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, República de Colombia, del 29 de setiembre al 2 de octubre de 2026, precisando que cubrirán los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno, con excepción de los seguros médicos y pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta), los cuales serán asumidos por la Fuerza Aérea del Perú;

Que, mediante Oficio Extra FAP N° 003243-
2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal titular y suplente que participará en la Semana Universitaria de la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suarez” (EMAVI), a realizarse en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, República de Colombia, del 29 de setiembre al 2 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 28 de setiembre y su retorno el 3 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales irroguen gasto al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 016 EOFAP/EOAJ, la exposición de motivos y sustento, la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 N° 137 DGVC-ME/SIAF-RP, así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000022 que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, de acuerdo con la exposición de motivos y sustento, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar que participará en la Semana Universitaria de la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suárez” (EMAVI), por cuanto la capacitación y entrenamiento permitirá contar con personal actualizado y calificado, con óptimas cualidades profesionales, lo cual repercutirá en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; asimismo, señala que el gasto por pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta) será asumido por la institución armada;

Que, mediante Oficio N° 02297-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 593-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, referida en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01769-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la Semana Universitaria de la Escuela Militar de Aviación “Marco Fidel Suarez” (EMAVI), a realizarse en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, República de Colombia, del 29 de setiembre al 2 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 28 de setiembre y su retorno el 3 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa el pago que corresponda, con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al concepto siguiente:

Pasajes aéreos de ida y vuelta: Lima – Ciudad de Cali (República de

Colombia) - Lima

Clase económica

US $ 2,079.06 x 3 personas = US$ 6,237.18

Total a Pagar en Dólares Americanos = US$ 6,237.18

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2558143-1