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Fecha de publicación: 07/10/2026
Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en evento a realizarse en el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea

Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar como ponente en evento a realizarse en Chile

UNIVersidad NACional DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº CU-557-2026-UNSAAC

Cusco, 17 de setiembre del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Expediente Nro. 26081028 presentado por la DRA. ANAHÍ KARINA CARDONA RIVERO, Profesora Asociada a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Farmacia de la Facultad de Ciencias de la Salud, mediante el cual solicita licencia con goce de haber y apoyo económico que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente del Visto, la Dra. ANAHÍ KARINA CARDONA RIVERO, docente ordinaria en la categoría de Profesora Asociada a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Farmacia de la Facultad de Ciencias de la Salud, solicita licencia con goce de haber del 05 al 09 de octubre de 2026, así como apoyo económico, para participar en calidad de ponente en el “CONGRESO INTERNACIONAL DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN-EDUCACIÓN-TECNOLOGÍA CISIET”, a realizarse en las instalaciones de la Universidad de Antofagasta, en la ciudad de Antofagasta, República de Chile, del 06 al 08 de octubre de 2026, con la presentación del trabajo de investigación denominado: “DIAGNÓSTICO SITUACIONAL EN INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO DE ESTUDIANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD”;

Que, obra en el expediente el documento del Comité Organizador del referido congreso, mediante la cual se informa que la ponencia de la Dra. Anahí Karina Cardona Rivero, ha sido aceptada para su presentación presencial en el evento académico antes señalado;

Que, mediante Informe Escalafonario N° 2446-2026-
SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente de la beneficiaria de la licencia;

Que, mediante Oficio N.° 027-2026-DAFA-FCSS-UNSAAC, la Directora del Departamento Académico de Farmacia, remite el Acta de la Junta Extraordinaria de Docentes de fecha 01 de septiembre de 2026; de la que se colige que en dicha sesión se aprobó por unanimidad la licencia con goce de haber y apoyo económico solicitado por la Dra. Anahí Karina Cardona Rivero, para los días 05 al 09 de octubre de 2026, por los tiempos de traslado internacional, a fin de participar como ponente en el evento académico antes señalado, a realizarse en la ciudad de Antofagasta, Chile;

Que obra en autos el compromiso suscrito por la docente Dra. Yanet Cuentas Romaña, en el sentido de asumir el dictado de las asignaturas a cargo de la administrada en el periodo de su licencia, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;

Que, a través del Oficio Nº 251-2026-D-FCSS-UNSAAC, el Dr. Nerio Góngora Amaut, Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud, con opinión favorable, remite el expediente organizado por la recurrente, a efecto de la autorización correspondiente;

Que, mediante Oficio N.° 673-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico emite opinión favorable a efecto de otorgar licencia con goce de haber a favor de la Dra. Anahí Karina Cardona Rivero, precisando que la actividad se encuentra contemplada en el Plan de Capacitación Docente 2026 del Departamento Académico de Farmacia;

Que, mediante Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario N.° 1361-2026, la entonces jefa (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, certifica la existencia de crédito presupuestario para atender el apoyo económico solicitado, documento que en anexo forma parte de la presente resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, la solicitud formulada por la Dra. Anahí Karina Cardona Rivero, sobre concesión de licencia con goce de haber, para participar en el evento antes mencionado, así como el apoyo económico respectivo, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 16 de septiembre de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor de la docente Dra. ANAHÍ KARINA CARDONA RIVERO, docente ordinaria en la categoría de Profesora Asociada a Tiempo Completo del Departamento Académico de Farmacia de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, del 05 al 09 de octubre de 2026, a fin de que participe, en calidad de ponente, en el “CONGRESO INTERNACIONAL DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN-EDUCACIÓN-TECNOLOGÍA CISIET”, que se desarrollará en la Universidad de Antofagasta, ciudad de Antofagasta, Republica de Chile, los días 06, 07 y 08 de octubre de 2026, presentando el trabajo de investigación denominado “DIAGNÓSTICO SITUACIONAL EN INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO DE ESTUDIANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD”, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor de la docente Dra. ANAHÍ KARINA CARDONA RIVERO lo siguiente:

- Apoyo económico Viáticos por dos (02) días, por el monto de S/ 2,479.00 ($ 740.00 = T.C. S/ 3.35 al 10/09 – SUNAT)

- Pasajes y gastos de transporte

- Publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario N.° 1361-2026, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la beneficiaria de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración; la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyan la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, la comisionada deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuenta que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS- RESOLUCIÓN Nro… NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentarán los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante el Despacho Rectoral.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la beneficiaria de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el despacho Rectoral y a la Facultad de Ciencias de la Salud.

Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones, publique la presente Resolución, en el portal institucional de la UNSAAC de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/unsaac).

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración y la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ALEJANDRO TTITO TTICA

Rector (e)

2557736-1