Nombran fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Cañete
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 2920-2026-MP-FN
Lima, 23 de setiembre de 2026
VISTOS:
El oficio N° 002622-2026-MP-FN-PJFSCAÑETE, e informe N° 0231-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto superior en la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1143-2026-MP-FN, de fecha 21 de abril de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Carmela Elizabeth Aguado Huayta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, con retención de su cargo de carrera.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Carmela Elizabeth Aguado Huayta, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta superior en la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0231-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 22 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Carmela Elizabeth Aguado Huayta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Cañete, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1143-2026-MP-FN, de fecha 21 de abril de 2026.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Carmela Elizabeth Aguado Huayta, como fiscal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal de Cañete, designándola en la Primera Fiscalía Superior Penal de Cañete, con retención de su cargo de carrera.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Carmela Elizabeth Aguado Huayta que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2557628-4