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Fecha de publicación: 25/09/2026
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Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Archivo Regional y Centro de Acogida Residencial Aldea Infantil “San Antonio”

ORDENANZA REGIONAL

N° D12-2026-GR.CAJ/CR

EXPEDIENTE N° 000775-2026-059085

Cajamarca, 18 de septiembre de 2026

EL GOBERNADOR REGIONAL DE CAJAMARCA

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA

VISTO:

El Dictamen Nº D26-2026-GR.CAJ/COAJ, de fecha 17 de setiembre de 2026, de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, relativo al proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Archivo Regional y Centro de Acogida Residencial Aldea Infantil “San Antonio”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el numeral 2 del artículo 9 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad de los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;

Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció el nuevo régimen del Servicio Civil y, conforme a su Cuarta Disposición Complementaria Final, se creó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión, en el marco del tránsito al régimen del Servicio Civil;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM se aprobó el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuyo literal b) del numeral 5.1 define al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº D3-2024-GR.CAJ/CR, de fecha 27 de diciembre de 2024, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca y de las dependencias comprendidas en dicha propuesta, con un total de cuatrocientos dieciséis (416) cargos, de los cuales doscientos treinta y siete (237) se encontraban en situación de ocupados y ciento setenta y nueve (179) en situación de previstos;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº D13-2025-GR.CAJ/CR, de fecha 21 de noviembre de 2025, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional Cajamarca, incorporándose la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Gerencia General Regional, y la Subgerencia de Atención a las Personas con Discapacidad, dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social;

Que, mediante Oficio Nº 001190-2026-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remitió el Informe Técnico Nº 000025-2026-SERVIR-DDSRH, mediante el cual se emitió opinión técnica favorable respecto de la propuesta de modificación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Gobierno Regional Cajamarca;

Que, mediante Resolución de Gerencia General Regional Nº D350-2026-GR.CAJ/GGR, de fecha 28 de agosto de 2026, rectificada mediante Resolución de Gerencia General Regional Nº D357-2026-GR.CAJ/GGR, de fecha 01 de setiembre de 2026, se aprobó la modificación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Gobierno Regional Cajamarca;

Que, mediante Memorando Nº D1751-2026-GR.CAJ/GGR, de fecha 11 de setiembre de 2026, la Gerencia General Regional comunicó a la Dirección Regional de Administración que la Autoridad Nacional del Servicio Civil había emitido opinión técnica favorable respecto de la propuesta del CAP Provisional, a efectos de continuar con el procedimiento correspondiente;

Que, mediante Oficio Nº D942-2026-GR.CAJ/DRA, la Dirección Regional de Administración remitió la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), correspondiente a la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Archivo Regional y Centro de Acogida Residencial Aldea Infantil “San Antonio”, contemplando un total de cuatrocientos cuarenta y cuatro (444) cargos, de los cuales doscientos uno (201) se encuentran ocupados y doscientos cuarenta y tres (243) previstos;

Que, mediante Oficio Nº 001212-2026-SERVIR-PE, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remitió el Informe Técnico Nº 000030-2026-SERVIR-DDSRH, mediante el cual se emitió opinión técnica favorable respecto de la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Gobierno Regional Cajamarca;

Que, mediante Informe Legal Nº D25-2026-GR.CAJ-DRAJ/SKHS, remitido mediante Oficio Nº D600-2026-GR.CAJ/DRAJ, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la procedencia de continuar con el trámite de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional mediante Ordenanza Regional, precisando que los aspectos técnicos contenidos en la propuesta corresponden a las áreas técnicas competentes que han intervenido en el procedimiento;

Que, la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos del Consejo Regional de Cajamarca, mediante Dictamen Nº D26-2026-GR.CAJ/COAJ, de fecha 17 de setiembre de 2026, recomendó al Pleno del Consejo Regional aprobar el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca y de las dependencias comprendidas en la propuesta, que contempla un total de cuatrocientos cuarenta y cuatro (444) cargos, de los cuales doscientos uno (201) se encuentran ocupados y doscientos cuarenta y tres (243) previstos;

Que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GR.CAJ-CR y su modificatoria, con el voto mayoritario de sus integrantes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN, DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS, DIRECCIÓN REGIONAL DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, ARCHIVO REGIONAL Y CENTRO DE ACOGIDA RESIDENCIAL ALDEA INFANTIL “SAN ANTONIO”

Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede del Gobierno Regional Cajamarca, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Archivo Regional y Centro de Acogida Residencial Aldea Infantil “San Antonio”, que contempla un total de cuatrocientos cuarenta y cuatro (444) cargos, de los cuales doscientos uno (201) se encuentran ocupados y doscientos cuarenta y tres (243) previstos, conforme a la propuesta técnica evaluada favorablemente por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las disposiciones de igual o menor rango que se opongan a la presente Ordenanza Regional, en lo que corresponda.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Administración y a las demás unidades orgánicas competentes, en el marco de sus respectivas funciones, la implementación de la presente Ordenanza Regional, conforme a la normativa vigente y a los instrumentos de gestión institucional aprobados.

La implementación del CAP-P se efectuará con sujeción a la normativa presupuestaria y de gestión fiscal aplicable. La aprobación del CAP-P no constituye, por sí misma, autorización para requerir mayores recursos presupuestales ni genera transferencia automática de presupuesto para financiar personal.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración, a través de la unidad orgánica competente en materia de recursos humanos, poner en conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR la presente Ordenanza Regional y el CAP-P aprobado, para los fines correspondientes y conforme a la normativa aplicable.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración a través de la Dirección de Personal la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca y en el diario de mayor circulación de la región.

El Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) y sus anexos, que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional, por razones de extensión, no serán publicados en el Diario Oficial “El Peruano” ni en el diario de mayor circulación regional, disponiéndose su publicación íntegra en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca.

Artículo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia conforme a las reglas de publicación y eficacia establecidas en el ordenamiento jurídico aplicable.

Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Cajamarca para su promulgación.

Dado en Cajamarca, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil veintiséis.

LORENA LIZETH MARÍN ORTIZ

Consejera Delegada

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional.

ROGER GUEVARA RODRIGUEZ

Gobernador Regional

2557342-1