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Fecha de publicación: 22/09/2026
Conforman el Comité de Selección a cargo del Concurso Público para la selección de postulantes al cargo de integrante del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos

Crean la Representación Permanente del Perú ante la FAO, el PMA y el FIDA, con sede en la ciudad de Roma, República Italiana

Resolución Suprema

N° 163-2026-RE

Lima, 21 de setiembre de 2026

VISTOS:

El Memorándum N° DGE009502026, de 2 de setiembre de 2026, de la Dirección General de Europa; el Memorándum Nº DDE004542026, de 3 de setiembre de 2026, que contiene el Informe DEE-PES N° 003-2026, de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior; el Memorándum N° OPP020772026, de 7 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° DGM019942026, de 15 de setiembre de 2026, de la Dirección General de Asuntos Multilaterales y Globales; y el Memorándum N° LEG014312026, de 15 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, es propósito de la política exterior peruana fortalecer la presencia e imagen del Perú en el exterior y potenciar su capacidad negociadora en los foros multilaterales de interés nacional;

Que, mediante la Décimo Quinta Política de Estado del Acuerdo Nacional, denominada Promoción de la Seguridad Alimentaria y Nutricional, el país se compromete a establecer una política de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la población a alimentos inocuos, suficientes y de calidad;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0270-2024-RE se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2024-2030 del Sector Relaciones Exteriores, que recoge la acción estratégica AES.01.4, referida a fortalecer la proyección internacional del Perú en regiones estratégicas, mecanismos de integración y organismos internacionales;

Que, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana, son los organismos internacionales rectores en materia de seguridad alimentaria, nutrición, desarrollo rural y erradicación del hambre y la pobreza, cuya agenda involucra además a diversos sectores del Estado peruano;

Que, la representación del Perú ante los referidos organismos es ejercida en la actualidad de manera concurrente por la Embajada del Perú en la República Italiana, la cual, asimismo, atiende la relación bilateral con dicho Estado y las concurrencias ante las Repúblicas de Malta y de San Marino;

Que, la creciente densidad de la relación bilateral con la República Italiana, reflejada en el nivel del diálogo político y en los ámbitos económico-comercial, de inversiones, de seguridad y defensa y de cooperación, aconseja que la Embajada del Perú en dicho país concentre sus esfuerzos en la agenda bilateral;

Que, la diversidad, complejidad y creciente especialización técnica de los asuntos que se abordan ante la FAO, el PMA y el FIDA hacen necesaria una presencia diplomática exclusiva que asegure su seguimiento especializado y la continuidad institucional correspondiente;

Que, mediante el Informe DEE-PES N° 003-2026, contenido en el Memorándum Nº DDE004542026, la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior ha concluido que, desde la perspectiva de la política exterior del Perú, resulta pertinente la creación de una representación permanente, en tanto órgano del servicio exterior diferenciado, ante la FAO, el PMA y el FIDA; todo lo cual permitirá fortalecer la presencia peruana en dichos foros internacionales, posición que cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales y de la Dirección General de Europa;

Que, a través del Memorándum Nº DGM019942026, la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales señala que es oportuno crear una Representación Permanente del Perú ante la FAO, el PMA y el FIDA, con sede en la ciudad de Roma, República Italiana, toda vez que esto permitiría contar con una representación diplomática especializada ante los tres organismos internacionales, cuya agenda es prioritaria para los objetivos nacionales de seguridad alimentaria, reducción de la pobreza y proyección multilateral;

Que, mediante Memorándum N° OPP020772026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión presupuestal favorable;

De conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, el Programa Mundial de Alimentos y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola

Se dispone la creación de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana.

Artículo 2.- Asignación de recursos

Se asignan los recursos necesarios para la apertura y sostenimiento de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana, a través del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

Primer Vicepresidente de la República

Encargado del Despacho de la Presidencia

de la República

ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

Encargado del Despacho del Ministerio

de Relaciones Exteriores

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