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Fecha de publicación: 22/09/2026
Conforman el Comité de Selección a cargo del Concurso Público para la selección de postulantes al cargo de integrante del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos

Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego el “Salón de las Flores - Perú I Edición 2026”, a realizarse en las instalaciones del Parque de la Amistad, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° D000385-2026-MIDAGRI-DM

Jesús María, 21 de setiembre del 2026

VISTOS:

La Carta N° 01-2026-COSF del Comité Organizador del “Salón de las Flores - Perú I Edición 2026”; la Hoja de Elevación N° D000173-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA y el Informe N° D000010-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-NSER de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; el Memorando N° D000646-2026-MIDAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000450-2026-MIDAGRI-SG-OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° D000577-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, siendo de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, asimismo, el artículo 5 de la citada Ley establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ejerce competencia en materias vinculadas, entre otras, a la agricultura, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria;

Que, la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional establece el compromiso de impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector; y, dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución, promover la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural;

Que, la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, establece como parte de sus objetivos prioritarios mejorar el desarrollo competitivo agrario, promoviendo la integración de los productores agrarios a cadenas de valor, el fortalecimiento de capacidades y la sostenibilidad de los sistemas productivos;

Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado con Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM, señala que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como fomentar la oferta de productos agrícolas con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola, en coordinación con los sectores e instituciones competentes;

Que, mediante la Carta N° 01-2026-COSF, el Comité Organizador del “Salón de las Flores - Perú I Edición 2026” solicita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego declarar de interés del Sector Agrario y de Riego el referido evento, a realizarse del 13 al 15 de noviembre de 2026, en las instalaciones del Parque de la Amistad, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; asimismo, señala que el evento tiene como objetivos contribuir a la promoción y visibilización de la actividad florícola nacional, fortalecer la articulación entre los actores de la cadena productiva, promover el intercambio de conocimientos y experiencias, así como generar oportunidades de comercialización y acceso a mercados; y, que en su primera edición el evento se plantea con alcance sectorial, atendiendo a las propuestas e intereses expresados por los gremios y organizaciones vinculadas a la floricultura, con la perspectiva de que el “Salón de las Flores - Perú”, se consolide y fortalezca progresivamente en sus siguientes ediciones, ampliando su alcance y participación de acuerdo con los resultados y oportunidades que se generen;

Que, los promotores y organizadores de este evento han proyectado iniciar su realización el viernes 13 de noviembre de 2026, fecha que coincide con la conmemoración del “Día Nacional de las Flores”, declarado mediante la Resolución Ministerial N° 0098-2021-MIDAGRI, para celebrarse el segundo viernes de noviembre de cada año;

Que, mediante el Informe N° D000010-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-NSER, adjunto a la Hoja de Elevación N° D000173-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología considera procedente la solicitud presentada por el Comité Organizador del “Salón de las Flores – Perú I Edición 2026”, emitiendo opinión favorable para que dicho evento sea declarado de interés del Sector Agrario y de Riego, al estar orientado a contribuir a la promoción y visibilización de la floricultura nacional, a la articulación de la cadena productiva, el fortalecimiento de capacidades y a la generación de oportunidades de comercialización y acceso a mercados;

Que, a través del Informe N° D000450-2026-MIDAGRI-SG-OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto, adjunto al Memorando N° D000646-2026-MIDAGRI-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se señala que la declaratoria de interés del Sector Agrario y de Riego del referido evento no genera, por sí misma, autorización de gasto, transferencia de recursos, contratación, auspicio económico, cesión de bienes, uso de logotipos institucionales, otorgamiento de permisos ni obligación de participación institucional por parte del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe N° D000577-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ, señala que, en el marco de lo previsto en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional; y la Política Nacional Agraria (PNA) 2021-2030, aprobada por Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, es legalmente viable la expedición de la Resolución Ministerial a través de la cual se declare de interés del Sector Agrario y de Riego el “Salón de las Flores - Perú I Edición 2026”;

Que, el literal c) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM, prescribe que es función, entre otras, del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector;

Con las visaciones del Viceministro (e) de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; de la Jefa General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y, la Resolución Ministerial N° D000289-2026-MIDAGRI-DM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Se declara de interés del Sector Agrario y de Riego el “Salón de las Flores - Perú I Edición 2026”, a realizarse del 13 al 15 de noviembre de 2026 en las instalaciones del Parque de la Amistad, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2556797-1