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Fecha de publicación: 22/09/2026
Conforman el Comité de Selección a cargo del Concurso Público para la selección de postulantes al cargo de integrante del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos

Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman Proyecto de Electrificación Rural a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 401-2026-MINEM/DM

Lima, 21 de setiembre de 2026

VISTOS: El Informe N° 130-2026-MINEM/DGER/DPRO-JER de la Jefatura de Energías Renovables y, el Informe N° 455-2026-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambos de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando N° 00940-2026/MINEM-DGER, de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe N° 1259-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;

Que, el artículo 18 de la LGER establece que el Ministerio de Energía y Minas transfiere a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. - ADINELSA, o a las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal, conforme lo establezca el Reglamento de la citada Ley;

Que, el numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento de la LGER, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM y modificado mediante Decreto Supremo N° 003-2026- EM, establece que la transferencia de los SER ejecutados por la DGER se realiza a título gratuito a ADINELSA o a la EDE bajo el ámbito del FONAFE, a elección del MINEM y mediante Resolución Ministerial;

Que, de acuerdo al Informe N° 130-2026-MINEM/DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER), señala que se ha ejecutado un (01) PROYECTO SER, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.Α. (en adelante, la CONCESIONARIA);

Que, asimismo, de acuerdo al mencionado informe, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que el SER está localizado en la provincia de Carabaya del departamento de Puno, ámbito geográfico donde el suministro público de electricidad, está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación del proyecto, hasta la suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental correspondiente. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y los usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia del referido proyecto, a favor de la empresa, el cual fue entregado por la DGER y viene siendo operado por la CONCESIONARIA desde la suscripción de la respectiva Acta de Conformidad de Operación Experimental;

Que, de acuerdo al Informe N° 455-2026-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM y modificado mediante Decreto Supremo N° 003-2026-EM, y demás normas especiales aplicables sobre la materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de la correspondiente Acta de Conformidad de Operación Experimental;

Que, el referido informe, concluye que corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes financiados por la DGER, respecto del Proyecto de Electrificación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 2 847 333,29 (Dos millones ochocientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y tres con 29/100 soles);

Que, mediante Informe N° 1259-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia del PROYECTO a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente aplicable al presente caso, es decir, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM y modificado por Decreto Supremo N° 003-2026-EM; y, considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia del PROYECTO SER a favor de la CONCESIONARIA, el cual se encuentra detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;

Con los vistos de la Dirección General de Electrificación Rural, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; el Decreto Supremo N° 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 003-2026-EM; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; y, la Directiva N° 002-2021-MINEM/DGER, aprobada por la Resolución Directoral N° 043-2021-MINEM/DGER;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto de Electrificación Rural detallado en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, por un monto total de S/ 2 847 333,29 (Dos millones ochocientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y tres con 29/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.Α., conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.Α. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ

Ministro de Energía y Minas

Anexo

Ítem

Código Único de Inversión CUI

Nombre del Proyecto

Fecha de suscripción del Acta de Conformidad de Operación Experimental

Resolución Directoral que aprueba la Liquidación Final del Proyecto

Monto de Inversión

S/

1

2332235

AMPLIACIÓN DEL SUBSISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA 22.9/0.380-0.220 KV. DE LAS LOCALIDADES MARGINALES DE LA CIUDAD DE CRUCERO, DISTRITO DE CRUCERO – CARABAYA - PUNO

06/03/2021

FECHA

S/ 2 847 333,29

047-2023 MINEM/DGER

17/02/2023

MONTO TOTAL DE LA INVERSIÓN A TRANSFERIR A ELECTRO PUNO S.A.A.

S/ 2 847 333,29

2556688-1