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Fecha de publicación: 07/10/2026
Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en evento a realizarse en el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea

Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Brasil

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO

ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN Nº CU-545-2026-UNSAAC

Cusco, 14 de setiembre del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Oficio Nro. 0508-2026-FIEEIM-UNSAAC, registrado con el Expediente Nro. 26081847 presentado por el MGT. JORGE HERMOGENES CHINCHIHUALPA GONZALES Decano de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la Institución, solicitando autorizar licencia con goce de haber que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del Visto, el Decano de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la Institución, hace de conocimiento que, el DR. FACUNDO PALOMINO QUISPE, profesor principal a dedicación exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Electrónica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, participará en la “39TH CONFERENCE ON GRAPHICS, PATTERNS AND IMAGES SIBGRAPI - GOIÂNIA, BRAZIL 2026”, evento organizado por el Instituto de Informática de la Universidad Federal de Goiás, a desarrollarse en la ciudad de Goiânia, República de Brasil, del 29 de setiembre al 02 de octubre de 2026; a cuyo efecto solicita la concesión de licencia con goce de haber a favor del docente citado precedentemente, del 26 de setiembre al 05 de octubre de 2026, comprendiendo dicho periodo el desplazamiento y participación en el evento;

Que, con Oficio Nro. 025-2026-DAIEL-FIEEIM-UNSAAC el director del Departamento Académico de Ingeniería Electrónica, emite opinión favorable y señala que el pedido del docente en referencia, fue aprobado por unanimidad por la junta de docentes de dicha Unidad Académica en sesión ordinaria de fecha 19 de agosto de 2026, adjuntando el acta respectiva;

Que, obra en el expediente la carta de compromiso del MSc. Celso Palomino Peña, quien asumirá la carga académica del referido docente durante su ausencia por la licencia solicitada, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;

Que, de igual forma, consta en el expediente la carta de fecha 05 de agosto de 2026, suscrita por el Prof. Dr. Iwens Gervasio Sene Junior presidente local de la referida conferencia, mediante la cual cursa invitación al Dr. Facundo Palomino Quispe para participar en el referido evento académico;

Que, a través del Informe Escalafonario Nro. 2100-2026-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente del beneficiario de la licencia;

Que, con Oficio Nro. 656-2026-VRAC-UNSAAC el Vicerrector Académico de la Institución, emite opinión favorable para otorgar la licencia con goce de haber y eleva el expediente para la emisión de la resolución respectiva;

Que, conforme a lo señalado, la jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 1350-2026, indicando que existe crédito presupuestal; documento que en anexo forma parte de la presente resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, la solicitud formulada por el Sr. Decano de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica, sobre concesión de licencia con goce de haber a favor del docente Dr. Facundo Palomino Quispe ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 09 de septiembre de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente DR. FACUNDO PALOMINO QUISPE, profesor principal a dedicación exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Electrónica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, del 26 de setiembre al 05 de octubre de 2026, a fin de que pueda participar en la “39TH CONFERENCE ON GRAPHICS, PATTERNS AND IMAGES SIBGRAPI - GOIÂNIA, BRAZIL 2026”, a llevarse a cabo del 29 de setiembre al 02 de octubre de 2026, en la ciudad de Goiânia, República de Brasil; evento organizado por el Instituto de Informática de la Universidad Federal de Goiás, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor del docente DR. FACUNDO PALOMINO QUISPE lo siguiente:

• Apoyo Económico traducido en viáticos por dos (02) días: S/ 2,479.00 ($ 740 = T.C. S/ 3.35 al 08/09-SUNAT).

• Pasajes y gastos de transporte

• Inscripción a evento

• Publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 1350-2026 que en anexo constituye parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyan la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, el comisionado deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuenta que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS- RESOLUCIÓN Nro..NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentarán los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante el Despacho Rectoral.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDO la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el despacho Rectoral y Facultad de Ingeniería Eléctrica, Electrónica, Informática y Mecánica.

Octavo.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones publique la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe y Página Web Institucional: www.unsaac.edu.pe

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración y la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

Nota: La Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco ha señalado que el anexo de la presente Resolución N° CU- 545 -2026-UNSAAC esta publicada en la siguiente página web: https://www.gob.pe/unsaac

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