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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Renuevan acreditación de representantes titular y alterna de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

Resolución Ministerial

N° 296-2026-TR

Lima, 18 de setiembre de 2026

VISTOS: La Carta de fecha 29 de mayo de 2026, de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú – CUT; el Memorándum N° 001512-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000053-2026-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y la Hoja de Elevación N° 001042-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado, entre otros, por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);

Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de las centrales sindicales es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación de dos años, pudiendo ser renovable;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR, constituye causal de vacancia de la representación de las organizaciones que conforman el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, el vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo sin renovación;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2024-TR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de setiembre de 2024, se acreditó al señor Guillermo Antonio Onofre Flores, como representante titular y a la señora Miryan del Rosario Tejada Romero, como representante alterna de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, en el contexto normativo enunciado, mediante Carta de fecha 29 de mayo de 2026, la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT comunica a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo la ratificación de sus representantes ante dicho Consejo;

Que, a través de la Hoja de Elevación N° 000053-2026-MTPE/1/27, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo solicita la emisión de la resolución ministerial que formalice la renovación de la acreditación de los representantes titular y alterno de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú – CUT;

Que, en atención a los documentos de vistos y considerando que, el artículo 10 de la Ley N° 29783 establece que, el plazo de la designación de los representantes es por dos (2) años, pudiendo ser renovable, corresponde renovar la acreditación de los representantes titular y alterno de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial N° 194-2024-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Renovación de la acreditación

Renovar, a partir del 22 de setiembre de 2026, la acreditación del señor GUILLERMO ANTONIO ONOFRE FLORES, como representante titular y de la señora MIRYAN DEL ROSARIO TEJADA ROMERO, como representante alterna de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú - CUT ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, por el periodo de dos (2) años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Sheput Moore

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

2556335-1