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Fecha de publicación: 20/09/2026
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Autorizan, de manera excepcional, el uso de un vehículo oficial para el cumplimiento de las funciones institucionales a favor de la Gerencia General

RESOLUCIÓN Nº 0080-2026/SBN

San Isidro, 18 de setiembre de 2026

VISTO: 

El Informe N° 01513-2026/SBN-OAF-UA, emitido por la Unidad de Abastecimiento; el Memorándum N° 00790-2026/SBN-OAF, emitido por la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 00358-2026/SBN-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y; 

CONSIDERANDO:

Que, el subnumeral 5.3 del numeral 5 de la Directiva N° 00001-2021/SBN-GG “Normas y Procedimientos que regulan el uso de vehículos, pertenecientes a la flota vehicular de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales”, aprobada mediante Resolución N° 0037-2021/SBN-GG, señala que la Oficina de Administración y Finanzas es la encargada de asignar el vehículo a disposición de la Alta Dirección o algún funcionario, de acuerdo con la función y a la necesidad del servicio y a las prioridades establecidas;

Que, el numeral 10.5 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que la asignación exclusiva de vehículos automotores en las entidades del Poder Ejecutivo es únicamente para uso oficial de ministros, viceministros, secretarios generales, jefes de gabinete y titulares de entidad; asimismo, dispone que excepcionalmente las entidades del Poder Ejecutivo pueden autorizar el uso de vehículos a otros funcionarios mediante resolución del titular de la entidad, la cual debe publicarse en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el Informe N° 01513-2026/SBN-OAF-UA de la Unidad de Abastecimiento, el cual cuenta con la conformidad de la Oficina de Administración y Finanzas efectuada con el Memorándum N° 00790-2026/SBN-OAF, se atiende el Memorándum N° 00186-2026/SBN, y se emite opinión favorable sobre la disponibilidad de una flota vehicular y chofer para uso exclusivo de funciones institucionales de un directivo superior de la entidad;

Que, mediante el Informe N° 00358-2026/SBN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir el acto resolutivo que autorice el uso de un vehículo oficial para el cumplimiento de funciones de la Gerencia General, en aplicación de la habilitación excepcional prevista en el numeral 10.5 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, asimismo, por razones funcionales, operativas y de seguridad institucional vinculadas al cumplimiento de funciones estratégicas de la entidad, resulta necesario autorizar excepcionalmente el uso de un vehículo oficial para la Gerencia General, en aplicación de la habilitación excepcional prevista en el numeral 10.5 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Con el visado de la Oficina de Administración y Finanzas, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Directiva N° 00001-2021/SBN-GG aprobada con Resolución N° 0037-2021/SBN-GG y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Resolución N° 0066-2022/SBN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización excepcional de uso de vehículo

Autorizar, de manera excepcional, el uso de un vehículo oficial para el cumplimiento de las funciones institucionales a favor de la Gerencia General, conforme a la habilitación excepcional prevista en el numeral 10.5 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.

Artículo 2.- Condiciones de uso

La autorización dispuesta en el artículo precedente se realiza sólo para fines oficiales, sujetándose a las disposiciones de la Directiva N° 00001-2021/SBN-GG “Normas y Procedimientos que regulan el uso de vehículos pertenecientes a la flota vehicular de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales” aprobada mediante Resolución N° 0037-2021/SBN-GG y de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.

Artículo 3.- Ejecución

Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas adoptar las acciones necesarias para la implementación de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4.- Publicación 

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
(www.gob.pe/sbn).  

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS 

Superintendente

Superintendencia Nacional de Bienes Estatales

2556278-1