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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Resolución de la Fiscalía de la Nación

N° 2879-2026-MP-FN

Lima, 18 de setiembre de 2026

VISTOS:

El oficio S/N-2026-EIDC-MP-FN, e informe N° 0162-2026-MP-FN-OREF-EBRV, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, el abogado Ronal Ramón Flores Ñañez, fiscal adjunto supremo provisional, adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, remite y otorga visto bueno a la carta de renuncia presentada en fecha 17 de agosto de 2026, suscrito por el abogado José Eduardo Prado Soriano, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales y realiza precisiones en su escrito complementario remitido el 18 de septiembre del año en curso.

En la carta de renuncia y escrito complementario, el abogado renunciante señala como último día de labores el 18 de septiembre de 2026 y solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, ante lo cual de acuerdo a lo descrito en el párrafo precedente cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 018-2026-MP-FN, de fecha 8 de enero de 2026, se resolvió nombrar al abogado José Eduardo Prado Soriano, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales.

Del reporte de quejas y denuncias N° 02830-2026-202000500, de fecha 17 de septiembre de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra una (1) queja en trámite.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0162-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 18 de septiembre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado José Eduardo Prado Soriano, a partir del 19 de septiembre de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado José Eduardo Prado Soriano, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 018-2026-MP-FN, de fecha 8 de enero de 2026; a partir del 19 de septiembre de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado José Eduardo Prado Soriano que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2556275-1