Dan por concluidas designaciones y nombramiento de fiscales en los Distritos Fiscales de Lima Centro y Cusco
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2864-2026-MP-FN
Lima, 18 de setiembre de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 000031, 000036 y 000040-2026-ARIF/JNJ, de fechas 16 de junio, 15 y 16 de julio de 2026, que remiten las Resoluciones de la Junta Nacional de Justicia Nºs. 394, 395, 439 y 449-2026-JNJ, de fechas 15 de junio, 10 y 15 de julio de 2026, respectivamente, e informe Nº 0160-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 15 de septiembre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 016-2026-MP-FN, de fecha 8 de enero de 2026, se resolvió declarar fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo, presentada por el abogado Marco Antonio Mori Contreras y se dispuso que su cese sea hasta el 31 de diciembre de 2026, así como, la conclusión de su designación de fiscal adjunto provincial titular en lo penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre –materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 846-2021-MP-FN, de fecha 9 de junio de 2021– y se haga efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 213-2026-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2026, se resolvió declarar fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo, presentada por el abogado Ramón Augusto Pinto Montufar y se dispuso que su cese sea hasta el 31 de diciembre de 2026, así como, la conclusión de su designación de fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Materia Ambiental con sede en la ciudad de Lima y con competencia en todo el territorio nacional, así como la disposición para que conozca en adición a su funciones la investigación señalada en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 786-2020-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2020 –materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2021-2021-MP-FN y 2978-2024-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente– y se haga efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1022-2026-MP-FN, de fecha 9 de abril de 2026, se resolvió declarar fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo, presentada por el abogado Isaías Gamarra Peralta y se dispuso que su cese sea hasta el 31 de diciembre de 2026, así como, la conclusión de su nombramiento como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Urubamba –materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 950-2026-MP-FN, de fecha 1 de abril de 2026– se hagan efectivos a partir del 1 de enero de 2027.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 819-2026-MP-FN, de fecha 20 de marzo de 2026, se resolvió declarar fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo, presentada por la abogada Zulema Georgina Castro Pérez Vargas y se dispuso que su cese sea hasta el 31 de diciembre de 2026, así como, la conclusión de su designación de fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María –materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 821-2021-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 8 de junio de 2021 y 10 de marzo de 2022, respectivamente– y se haga efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1629-2026-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2026, se resolvió declarar fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo, presentada por el abogado Daniel Hernando Lican Gordillo y se dispuso que su cese sea hasta el 31 de diciembre de 2026, así como, la conclusión de su designación de fiscal adjunto superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María –materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 831-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021– y se haga efectiva a partir del 1 de enero de 2027.
A través del oficio Nº 000031-2026-ARIF/JNJ, de fecha 16 de junio de 2026, Carmen Mirta Obando Zavala, jefe del Área de Registro de Información Funcional, remite copia de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 394-2026-JNJ, de fecha 15 de junio de 2026, por la cual se resuelve declarar improcedente lo solicitado por la Fiscalía de la Nación a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1022-2026-MP-FN, de fecha 9 de abril de 2026, en consecuencia se dispuso el cese del abogado Isaías Gamarra Peralta y la cancelación de su título como fiscal adjunto provincial de familia de Urubamba del Distrito Fiscal del Cusco, de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal a), del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, que dispone que el título se cancela por término en el cargo conferido, conforme a la Ley de la Carrera Fiscal.
A través del oficio Nº 000031-2026-ARIF/JNJ, de fecha 16 de junio de 2026, Carmen Mirta Obando Zavala, jefe del Área de Registro de Información Funcional, remite copia de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 395-2026-JNJ, de fecha 15 de junio de 2026, por la cual se resuelve declarar improcedente lo solicitado por la Fiscalía de la Nación a través de la Resolución Nº 819-2026-MP-FN, de fecha 20 de marzo de 2026, en consecuencia se dispuso el cese de la abogada Zulema Georgina Castro Pérez Vargas y la cancelación de su título como fiscal provincial adjunto a la fiscalía provincial en lo penal de Lima del Distrito Judicial de Lima, por la causal de cese, de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal a), del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, que dispone que el título se cancela por término en el cargo conferido, conforme a la Ley de la Carrera Fiscal.
A través del oficio Nº 000036-2026-ARIF/JNJ, de fecha 15 de julio de 2026, entre otras, Carmen Mirta Obando Zavala, jefe del Área de Registro de Información Funcional, remite copia de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 439-2026-JNJ, de fecha 10 de julio de 2026, por la cual se resuelve declarar improcedente lo solicitado por la Fiscalía de la Nación en la Resolución Nº 1629-2026-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2026, en consecuencia se dispuso el cese del abogado Daniel Hernando Lican Gordillo y la cancelación de su título como fiscal adjunto al fiscal superior en lo penal en el distrito judicial de Lima, por la causal de cese, de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal a), del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, que dispone que el título se cancela por término en el cargo conferido, conforme a la Ley de la Carrera Fiscal.
A través del oficio Nº 000040-2026-ARIF/JNJ, de fecha 16 de julio de 2026, Carmen Mirta Obando Zavala, jefe del Área de Registro de Información Funcional, remite copia de la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 449-2026-JNJ, de fecha 15 de julio de 2026, por la cual se resuelve declarar improcedente lo solicitado por la Fiscalía de la Nación en las Resoluciones Nºs. 016-2026-MP-FN y 213-2026-MP-FN, de fechas 8 y 23 de enero de 2026, respectivamente, en consecuencia se dispuso la cancelación de los títulos otorgados a favor de los abogados Marco Antonio Mori Contreras, como fiscal adjunto provincial en lo penal de Lima del distrito Judicial de Lima, y de Ramón Augusto Pinto Montufar, como fiscal provincial adjunto a la fiscalía provincial en lo penal de Lima del distrito judicial de Lima, ambos por la causal de cese.
Al respecto, la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, norma de carácter especial que rige la función fiscal, establece en su artículo 106 las causales de terminación del cargo fiscal. En tanto, el Decreto Legislativo Nº 276, que regula el régimen laboral general de los servidores públicos –régimen bajo el cual se encuentran los recurrentes y cuya aplicación a los magistrados ha sido reconocida por el Tribunal Constitucional (TC Exp. Nº 00404-2012-PA/TC)–, establece en su Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final que sus normas son aplicables a regímenes propios, como el fiscal, “en lo que no se opongan a tal régimen”.
En esa línea, advertida la complementariedad de las normas, la finalidad teleológica respecto a la terminación del servicio con el cierre del año fiscal y presupuestal, los principios in dubio pro operario y de progresividad de los derechos sociales, el Ministerio Público declaró fundada la solicitud de ampliación de permanencia en el cargo de los abogados Isaías Gamarra Peralta, Zulema Georgina Castro Pérez Vargas, Daniel Hernando Lican Gordillo, Marco Antonio Mori Contreras y Ramón Augusto Pinto Montufar, empero la Junta Nacional de Justicia mediante Resoluciones Nºs. 394, 395, 439 y 449-2026-JNJ, de fechas 15 de junio, 10 y 15 de julio de 2026, respectivamente, declaró improcedente la prórroga de permanencia dispuesta por la Fiscalía de la Nación y ejecutó la cancelación de los títulos de los citados abogados, por la causal de cese.
Asimismo, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese contexto, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando: “(vii) Se presente alguna otra condición, circunstancia u otra causal, que amerite el término del ejercicio de la función fiscal para lo cual han sido nombrados”.
En tal sentido, estando al contenido de las Resoluciones Nºs. 394, 395, 439 y 449-2026-JNJ, de fechas 15 de junio, 10 y 15 de julio de 2026, respectivamente, se ha producido la extinción insubsanable de los títulos habilitantes indispensables para el ejercicio de la función fiscal; en consecuencia, en cumplimiento de dichas resoluciones, se deberá emitir el resolutivo que disponga dar por concluidas las designaciones de los abogados Zulema Georgina Castro Pérez Vargas, Daniel Hernando Lican Gordillo, Marco Antonio Mori Contreras y Ramón Augusto Pinto Montufar, así como el nombramiento y designación del abogado Isaías Gamarra Peralta, conforme a lo establecido por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Estando a lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0160-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 15 de septiembre de 2026, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Marco Antonio Mori Contreras, fiscal adjunto provincial titular en lo penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 2º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 846-2021-MP-FN, de fecha 9 de junio de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 449-2026-JNJ, de fecha 15 de julio de 2026.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Ramón Augusto Pinto Montufar, fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Materia Ambiental con sede en la ciudad de Lima y con competencia en todo el territorio, así como la disposición para que conozca en adición a sus funciones la investigación señalada en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 786-2020-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2020; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2021-2021-MP-FN y 2978-2024-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 449-2026-JNJ, de fecha 15 de julio de 2026.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de la abogada Zulema Georgina Castro Pérez Vargas, fiscal adjunta provincial titular penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 4º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 821-2021-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 8 de junio de 2021 y 10 de marzo de 2022, respectivamente, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 395-2026-JNJ, de fecha 15 de junio de 2026.
Artículo Cuarto.- Dar por concluido, el nombramiento del abogado Isaías Gamarra Peralta, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en la Fiscalía Provincial de Familia de Urubamba, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 950-2026-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 1 de abril de 2026, respectivamente, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 394-2026-JNJ, de fecha 15 de junio de 2026.
Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación del abogado Daniel Hernando Lican Gordillo, fiscal adjunto superior titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 831-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 439-2026-JNJ, de fecha 10 de julio de 2026.
Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a los abogados Isaías Gamarra Peralta, Zulema Georgina Castro Pérez Vargas, Daniel Hernando Lican Gordillo, Marco Antonio Mori Contreras y Ramón Augusto Pinto Montufar que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Séptimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los abogados mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2556207-1