Crean el Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Andayaque, distrito de Ccatcca, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco, y Distrito Judicial de Cusco
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000314-2026-CE-PJ
Lima, 17 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000406-2026-ONAJUP-CE-PJ cursado por la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el Oficio N° 000991-2026-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Cusco.
CONSIDERANDO:
Primero. La Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena remite informe a este Órgano de Gobierno por el cual hace de conocimiento que la Corte Superior de Justicia de Cusco propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Andayaque, distrito de Ccatcca, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco, y Distrito Judicial de Cusco.
Segundo. Al respecto, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del juzgado de paz materia de propuesta.
Tercero. Conforme a lo establecido en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Cuarto. Este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo, que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1052-2026 de la cuadragésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de septiembre de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Andayaque, distrito de Ccatcca, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco, y Distrito Judicial de Cusco, con sede en la Comunidad Campesina de Andayaque cuya competencia territorial comprenderá: Comunidad Campesina de Andayaque —sede—, Comunidad Campesina de Quisinsaya, Comunidad Campesina de Nueva Esperanza Ccapana, Comunidad Campesina de Llachi, Comunidad Campesina de Ullpo, Anexo de Markjopata y Anexo de Paruparu.
Artículo Segundo.- Disponer que, por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas respectivas, para la implementación del juzgado de paz creado; a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.
Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Cusco entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia.
Artículo Cuarto.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Cusco, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2556150-1