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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Prorrogan vigencia y crean órganos jurisdiccionales en las Cortes Superiores de Justicia de Junín, Lima Este, Lima Norte, Cusco, Arequipa y Callao y establecen otras disposiciones

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000310-2026-CE-PJ

Lima, 17 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 0000098-2026-C-PPOR1002-P-PJ cursado por la Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer – PPoR RVcM 1002, así como el Informe Técnico Nº 000017-2026-RT-PPOR1002-P, elaborado por el Responsable Técnico del Programa.

CONSIDERANDO:

Primero. Mediante Resolución Administrativa Nº 00090-2025-CE-PJ, del 11 de marzo de 2025, se aprobó los estándares de producción anual de expedientes principales resueltos para el año 2025, en forma diferenciada por subespecialidad o materia. De ahí que, para los Juzgados Penales Unipersonales su estándar de producción se fijó en 323, los Juzgados de Investigación Preparatoria en 477 y los Juzgados Penales Colegiados en 194.

Segundo. Por Resolución administrativa Nº 000071-2026-CE-PJ, del 16 de marzo de 2026, se aprobó el término y la prórroga del funcionamiento de los diecisiete 17 Juzgados Transitorios, priorizando el funcionamiento de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar y de los Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en las Cortes Superiores de Justicia que presentan la mayor carga procesal pendiente.

Tercero. Mediante Oficio Nº 0003963-2026-GRH-GG-PJ, del 20 de julio de 2026, la Gerencia de Recursos Humanos remitió información respecto del presupuesto asignado para el Año Fiscal 2026 destinado al financiamiento de las planillas de magistrados y personal contratado bajo el régimen CAS, financiados con cargo al PPOR 1002 “Reducción de la Violencia contra la Mujer” (PPoR 1002 “RVcM”). En el citado documento, dicha Gerencia informa sobre la existencia de saldos presupuestales disponibles con cargo a los recursos asignados al referido Programa Presupuestal.

Cuarto. El Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer – PPoR RVcM 1002, mediante Informe Técnico N° 000017-2026-RT-PPOR1002-P-PJ, analizó en los fundamentos 3.1 y 3.2 la carga procesal de 3 órganos jurisdiccionales transitorios subespecializados en delitos asociados a la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del SNEJ (1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Junin, 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Lima Este y el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Lima Norte) que conforme la Resolución administrativa Nº 000071-2026-CE-PJ cesan su funcionamiento el 31 de octubre de 2026. Al respecto señaló que al mes de julio resolvieron 293 expedientes de un total de 492 de carga procesal, con un promedio mensual de 14 expedientes, lo que evidencia la necesidad de que estos órganos jurisdiccionales se prorroguen hasta el 31 de diciembre de 2026 apoyando a los órganos colegiados conformados.

Quinto. Asimismo, precisa que el SNEJ como subsistema penal carece de Juzgados Penales Colegiados Permanentes a exclusividad, con excepción de la Corte Superior de Justicia de Ancash y Amazonas; en las demás Cortes Superiores de Justicia son los jueces de los Juzgados Penales Unipersonales quienes, en adición sus funciones, integran (en número de tres) los Juzgados Penales Colegiados Conformados, los mismos, que (además de sus propias causas por materia) tramitan procesos complejos de la subespecialidad. Cabe precisar que de los Juzgados Penales Colegiados Conformados analizados en el fundamento 3.4 del citado Informe Técnico nueve presentan una situación de sobrecarga procesal.

Sexto. De igual forma el PPoR1002 cursó Oficio Múltiple Nº 000113-2026-RT-PPOR1002-P-PJ del 26 de agosto del 2026, a los administradores del módulo penal de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Cusco, Junín, Lima Este, Lima Norte, y Puente Piedra Ventanilla, solicitando la relación de expedientes en etapa de trámite, que se encuentren pendientes de resolver al 31 de agosto del 2026, de los Juzgados Colegiados Conformados; reportando una carga procesal total de 3438 expedientes. Dicha información fue contrastada desde el área de monitoreo del PPoR1002 para poder priorizar la necesidad de apoyo por parte de órganos transitorios. Así, tal como se fundamenta a detalle en el fundamento 3.6 del Informe Técnico del Programa concluyó en la propuesta de creación de (9) nueve Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos asociados a la Violencia contra las mujeres e Integrantes del grupo Familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Cusco (3), Arequipa (2), Lima Este (1), Lima Norte (1), Junín (1) y Callao (1), con la misma competencia funcional y territorial que los Juzgados Colegiados Conformados existentes y en la redistribución de un total de 715 expedientes provenientes de los Juzgados Penales Colegiados Conformados hacia los órganos jurisdiccionales que se prorroguen y creen.

Sétimo. En el periodo de enero a julio del año 2026, los Juzgados de Investigación Preparatoria subespecializados en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte (permanentes y transitorios), para el presente año evidencian un estado de sobrecarga procesal y ello considerando que los Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios -con turno abierto- tienen como fecha de vigencia el 31 de diciembre del 2026. Por tanto, resulta necesario crear el 3.º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a fin de contribuir a una efectiva descarga procesal de los órganos permanentes. Dicho órgano jurisdiccional tendrá competencia exclusiva la atención de las diligencias que se desarrollen en la Cámara Gesell provenientes del 16.º, 17.º y 18.º Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del distrito de Independencia.

Octavo. El Programa finalmente precisa en el fundamento 3.13. del Informe Técnico que el financiamiento requerido para la prórroga de los tres (3) Juzgados Penales Colegiados Transitorios vigentes, la creación de los nueve (9) nuevos Juzgados Penales Colegiados Transitorios y la creación del nuevo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, hasta el 31 de diciembre de 2026, asciende a S/ 1’037,784.00, monto que se encuentra íntegramente cubierto con los saldos presupuestales disponibles con cargo al PPOR 1002 “RVcM” (S/ 3’977,192.59), informados por la Gerencia de Recursos Humanos, por lo que su implementación no demanda recursos adicionales al presupuesto asignado.

Noveno. Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Décimo. De conformidad a lo regulado en el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 1064-2026 de la cuadragésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de septiembre de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2026, la vigencia de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios, de acuerdo al siguiente detalle:

Corte Superior de Justicia

Órganos Jurisdiccionales

1

Junín

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

2

Lima Este

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

3

Lima Norte

Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

Artículo Segundo.- Crear, a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre del 2026, nueve (9) Juzgados Penales Colegiados subespecializados en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar con la misma competencia funcional y territorial que los Juzgados Colegiados Conformados existentes, de acuerdo al siguiente detalle:

Corte Superior de Justicia

Órganos Jurisdiccionales

1

Cusco

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

2

Cusco

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

3

Cusco

3º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

4

Lima Este

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

5

Lima Norte

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

6

Arequipa

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

7

Arequipa

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

8

Junín

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

9

Callao

Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar.

Artículo Tercero.- Redistribuir 715 expedientes provenientes de los Juzgados Penales Colegiados Conformados hacia los órganos jurisdiccionales prorrogados y creados en los artículos precedentes, conforme al siguiente detalle:

Corte Superior de Justicia

Órganos Jurisdiccionales

Expedientes a Redistribuir

Desde

Hacia

Cusco

1°Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Cusco

113

-

2°Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Cusco

112

-

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

75

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

75

3º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

75

Lima Este

Juzgado Penal Colegiado Conformado Especializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho

95

-

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

30

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

65

Arequipa

Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa

65

-

Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cerro Colorado - Camaná

65

-

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

65

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

65

Lima Norte

Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Independencia

105

-

Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

40

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

65

Junín

Juzgado Penal Colegiado Conformado Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Tambo

100

-

1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

36

2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

64

Callao

Juzgado Penal Colegiado Conformado del Callao

60

-

Juzgado Penal Colegiado Transitorio Subespecializado en delitos asociados a la Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar

-

60

Total General

715

715

Artículo Cuarto.- Disponer que, los expedientes a ser redistribuidos, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- No afectar los procesos existentes; y de ser el caso, tener en consideración el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 255-2018-CE-PJ, y el artículo 359, incisos 1) y 2), del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de no interrumpir el juicio y/o afectar el curso de los procesos.

- Los expedientes a remitir deben estar completos, con todos sus acompañados y anexos, sus escritos debidamente proveídos, notificados y con todas sus actuaciones procesales descargadas en el Sistema Integrado Judicial (SIJ); estando prohibido expedir resoluciones dilatorias que no guarden relación con el sentido del pedido, de conformidad con lo establecido en el artículo 153° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo responsabilidad funcional del Juez y Secretario Judicial que conoce la causa.

- Los expedientes a remitir deberán contar con todos sus cargos o constancias de notificación completos y deberán estar debidamente foliados.

- Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo apercibimiento de poner en conocimiento de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control (ODANC) del Poder Judicial de esta Corte Superior de Justicia, a fin de que proceda conforme a sus facultades y atribuciones respecto al incumplimiento por parte del personal jurisdiccional y/o Juez que conocen las causas.

- Asimismo, en atención a los expedientes en estado de reserva, principalmente porque los investigados son declarados reos contumaces, se recomienda: a) Verificar la situación jurídica de los procesados para evitar que los expedientes a distribuir no tengan procesados con requisitoria, y b) Los expedientes redistribuidos en los que se declare la contumacia del investigado sean devueltos al Juzgado Penal Colegiado de origen y que se redistribuya el mismo número de expedientes devueltos por dicha causa, a fin de no afectar la producción de los mismos.

Artículo Quinto.- Disponer que la programación de audiencias se realice dentro del periodo de prórroga y vigencia de creación de los Colegiados Transitorios subespecializados en delitos asociados a la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, debido a su naturaleza transitoria, bajo responsabilidad.

Artículo Sexto.- Crear, a partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2026 el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con competencia exclusiva para atender las diligencias llevadas a cabo en cámara Gesell del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) de dicha Corte Superior.

Artículo Séptimo.- Disponer que los Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes (16.º, 17.º y 18.º) del distrito de Independencia remitan de manera inmediata y proporcional al 3.º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio los expedientes con trámite de Cámara Gesell pendiente, hasta cubrir la capacidad máxima de agendamiento y ejecución de audiencias de dicho órgano transitorio, hasta el 31 de diciembre de 2026; debiendo la Administración del Módulo de Sanción del SNEJ de Lima Norte ejecutar la distribución de forma continua y proporcional, e informar el total de la carga redistribuida al PPoR 1002 en el plazo de 15 días calendario.

Artículo Octavo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Noveno.- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Lima Norte, Lima Este, Arequipa, Callao y Junin a adoptar las acciones correspondientes, a fin de operativizar lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo Décimo.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Lima Norte, Lima Este, Arequipa, Callao y Junin; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI

Presidenta

Consejo Ejecutivo

2556147-1