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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna

Resolución Nº 3243-2026-JNE

Expediente Nº JNE.2026265931

CIUDAD NUEVA - TACNA - TACNA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 24 de agosto de 2026

VISTO: el Oficio Nº 005-2026-OACyGD/MDCN-T, presentado, el 14 de agosto de 2026, por don Pedro Jesús Granda Álvarez, jefe (e) de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria de la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Geovanna María Miranda Mendoza, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. A través del oficio citado en el visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora, con motivo de su participación como candidata en las ERM 2026, a fin de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal fin, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 54-2026-MDCN-T, del 21 de julio de 2026, así como la solicitud de licencia presentada por la señora regidora, el 12 de junio de 2026, a la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1

1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, del 11 de diciembre de 2025

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026.

El inciso 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:

[…]

6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).

[…]

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales2 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación […]

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo Municipal N.º 54-2026-MDCN-T, del 21 de julio de 2026, el Concejo Distrital de Ciudad Nueva concedió la licencia a la señora regidora, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N.º 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).

2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Ciudad Nueva, y conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución N.º 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Manuel Alejandro Villalva Calisaya, identificado con DNI N.º 48256271, candidato no proclamado de la organización política Podemos Perú, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ciudad Nueva.

2.3. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.4. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, no se registra que don Manuel Alejandro Villalva Calisaya, identificado con DNI N.º 48256271, participe como candidato en las ERM 2026.

2.5. Del mismo modo, de la consulta de la ficha en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, el referido ciudadano no registra restricción ni fecha de fallecimiento, y su documento nacional de identidad se encuentra vigente.

2.6. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Geovanna María Miranda Mendoza, regidora del Concejo Distrital de Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

2. CONVOCAR a don Manuel Alejandro Villalva Calisaya, identificado con DNI Nº 48256271, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución Nº 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Aprobado mediante la Resolución N.º 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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