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Fecha de publicación: 18/09/2026
Designan representantes titulares y alternos de las asociaciones de consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal – PAP Modificado de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2026

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 152-2026

Lima, 11 de setiembre de 2026

VISTOS:

La Opinión Favorable PAP Nº 000730-2026 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe Nº 00132-2026/OA/PER del Área de Personal de la Oficina de Administración; el Informe Nº 00085-2026/OPP y el Memorándum Nº 00341-2026/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00780-2026/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 32441, Ley que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público - Privadas y Proyectos en Activos, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. Constituye pliego presupuestal;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, “DGGFRH”) aprueba la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal en las entidades del Sector Público” (en adelante, “la Directiva”), cuyo objeto es establecer los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (en adelante, “el PAP”) en las entidades del Sector Público, con la finalidad de contribuir con la asignación y utilización eficientes de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Directiva, define al PAP como el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas vacantes y ocupadas que corresponden a los conceptos permanentes y periódicos de los ingresos del personal, incluyendo los aportes que por ley corresponda, comprendidos en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado;

Que, de conformidad con el numeral 7.6 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, las entidades formulan su propuesta de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y solicitan la opinión favorable a la DGGFRH, previo a su aprobación;

Que, asimismo los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la Directiva disponen que, una vez notificada la opinión favorable de la DGGFRH a través del Módulo de Solicitud de Opinión a la Propuesta del PAP, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular del Pliego, o a quien este delegue expresamente dicha función; además, el acto administrativo que aprueba el PAP, incluye como anexos los formatos descargados del referido módulo que fueron materia de opinión favorable por la DGGFRH;

Que, mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 049-2026, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal – PAP de PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2026;

Que, en el marco del artículo 13 de la Directiva que regula el procedimiento para la formulación y revisión del PAP, se efectuó la solicitud de opinión favorable de la DGGFRH para la aprobación de la modificación del PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026, generándose la Solicitud con Código Nº 001811;

Que, a través del correo electrónico de fecha 2 de setiembre de 2026, la DGGFRH comunica la aprobación de la Solicitud con Código Nº 001811, generando la Opinión Favorable PAP Nº 000730-2026 mediante la cual señala lo siguiente:

“La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) emite opinión favorable respecto a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el Año Fiscal 2026 correspondiente a la Unidad Ejecutora 001231 – AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA – PROINVERSIÓN al contar con marco normativo y opinión favorable de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección General de Presupuesto Público, por lo que se faculta a la entidad emitir la resolución de aprobación de los anexos A.1, A.2, B y C que se obtienen del sistema de módulo PAP”

Que, mediante Informe Nº 00132-2026/OA/PER, el Área de Personal de la Oficina de Administración, concluye que teniendo en cuenta la opinión favorable de la DGGFRH, resulta necesaria la aprobación de la modificación del PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026;

Que, con Memorándum Nº 00341-2026/OPP e Informe Nº 00085-2026/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, otorga viabilidad técnica y presupuestal al PAP Modificado de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026, al encontrarse debidamente financiado;

Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, dispone que el Director Ejecutivo es el Titular del Pliego Presupuestal;

Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 32441, Ley que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece que la Alta Dirección de PROINVERSIÓN está integrada por el Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva y la Gerencia General;

Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 00001-2026 se aprobaron las equivalencias denominativas de la Dirección Ejecutiva y de la Secretaría General, disponiendo que las referencias efectuadas a dichos órganos de la Alta Dirección deben entenderse realizadas a la Presidencia Ejecutiva y a la Gerencia General, respectivamente; en consecuencia, corresponde al Presidente Ejecutivo, en su calidad de Titular del Pliego, emitir el presente acto resolutivo.;

Que, mediante Informe Legal Nº 00780-2026/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que es legalmente viable proceder con la emisión de la resolución de la Presidencia Ejecutiva que disponga la aprobación del PAP Modificado de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Administración;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01; el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; y, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 00001-2026;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP Modificado de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2026, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Precisar que el Presupuesto Analítico de Personal – PAP Modificado de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN aprobado mediante la presente Resolución sustituye al Presupuesto Analítico de Personal – PAP de PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2026, aprobado mediante Resolución de la Presidencia Ejecutiva Nº 049-2026.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas,para los fines correspondientes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversión), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS NATAL DEL CARPIO CASTRO

Presidente Ejecutivo

PROINVERSIÓN

2555859-1