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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica para participar en actividades académicas y/o de investigación en Colombia

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA

Consejo Universitario

RESOLUCIÓN N° 1150-2026-CU-UNH

Huancavelica, 14 de setiembre de 2026

VISTOS:

Informe N° 000034-2026-UNH/DAICH-CJM (03.09.2026) más 05 anexos, Informe N° 000109-2026-UNH/OCRI (11.08.2026) más 11 anexos, Informe N° 000113-2026-UNH/OCRI (11.08.2026) más 19 anexos, Informe N° 000188-2026-UNH/OAJ (27.08.2026) más 02 anexos, Informe N° 000122-2026-UNH/OCRI (04.09.2026) más 04 anexos, Proveído de Rectorado N° 009044 (04.09.2026), Proveído de Secretaría General N° 004516 (04.09.2026), Proveído de Consejo Universitario N° 000128 (09.09.2026), Proveído de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo N° 004766 (09.09.2026); sobre autorización de viaje al exterior al país de Colombia - Universidad Tecnológica de Bolívar, en comisión de servicio, a la Dra. Noemí Gladys Mencia Sánchez; y, Mg. Ronald César Cárdenas Arango, docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Huancavelica, por ser ganadores de una de las becas internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente;

Que, mediante el artículo tercero de la Resolución N° 1149-2026-CU-UNH (14.09.2026) se modificó, en el extremo referido al periodo de ejecución y montos de asignación de pasajes y viáticos previamente autorizados, en la Resolución N° 0875-2026-CU-UNH (25.06.2026); y, Resolución N° 0877-2026-CU-UNH (25.06.2026), que declaró ganadores, otorgó la asignación económica y autorizó la movilidad académica de la Dra. Noemi Gladys Mencia Sánchez y del Mg. Ronald César Cárdenas Arango, conforme al detalle siguiente:

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

FACULTAD / ESCUELA

PROFESIONAL

TIPO DE ESTANCIA

INSTITUCIÓN DE DESTINO/

PAÍS

PERIODO

PASAJES INTERNACIONALES

(S/)

VIÁTICOS INTERNACIONALES

(S/)

MONTO TOTAL (S/)

Noemi Gladys Mencia Sánchez

45435912

Ciencias Empresariales/ Contabilidad

Académica

Universidad Tecnológica de Bolívar

Colombia

20/09/2026 al

30/09/2026

4,660.00

6,050.00

10,710.00

Ronald César Cárdenas Arango

42320824

Ciencias Empresariales/ Administración

Académica

Universidad Tecnológica de Bolívar

Colombia

20/09/2026 al

30/09/2026

5,160.00

6,050.00

11,210.00

Y en su artículo cuarto, se precisó que el otorgamiento económico para la asignación de pasajes y viáticos institucionales a la Dra. Noemí Gladys Mencia Sánchez y al Mg. Ronald César Cárdenas Arango, docentes ganadores de la Primera Convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, asciende a un monto total de S/ 21,920.00 (VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), el cual será financiado de la siguiente manera:

ESPECÍFICA DE GASTO

IMPORTE (S/)

2.3.2.1.1.1 - PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE AL EXTERIOR DEL PAÍS

9,820.00

2.3.2.1.1.2 - - VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAÍS

12,100.00

TOTAL

21,920.00

Que, el jefe (e) de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, pone de conocimiento al señor rector de la UNH, con Informe N° 000122-2026-UNH/OCRI (04.09.2026), sobre la precisión de fechas e información adicional para la reprogramación de movilidades académicas internacionales de docentes en el marco del Programa de Movilidad Académica y de Investigación para Docentes de la UNH - 2026, conforme al cuadro adjunto al mismo;

Que, la participación de los docentes beneficiarios en la estancia académica internacional reviste interés institucional, por cuanto contribuye al fortalecimiento de sus competencias académicas y de investigación, al intercambio de conocimientos y experiencias con instituciones de educación superior extranjeras, así como a la generación de oportunidades de cooperación académica y científica en beneficio de la Universidad Nacional de Huancavelica, sus docentes y estudiantes, en concordancia con los fines de la universidad y las políticas institucionales de internacionalización;

Que, los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el contenido del acto de autorización: las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y; sobre la publicidad, las resoluciones sobre autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente;

Que, el numeral 12) del artículo 141° del Estatuto de la UNH, reformado con Resolución N° 004-2026-AU-UNH (19.02.2026), sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice; Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente;

En uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario N° 0024-2025-CEU-CU-UNH (18.12.2025), con cargo a dar cuenta en la próxima sesión de Consejo Universitario;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicio, de la Dra. Noemí Gladys Mencia Sánchez; y, del Mg. Ronald César Cárdenas Arango, docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica, en su condición de ganadores de una de las becas internacionales de la Segunda Convocatoria del Programa de Movilidad Académica y de Investigación para Docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica, para participar en las actividades académicas y/o de investigación programadas en la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR - COLOMBIA, de acuerdo al siguiente detalle:

BECA INTERNACIONAL

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR

COLOMBIA

NOMBRES Y APELLIDOS

DNI

FACULTAD / ESCUELA

PROFESIONAL

TIPO DE ESTANCIA

INSTITUCIÓN DE DESTINO/

PAÍS

PERIODO

PASAJES INTERNACIONALES

(S/)

VIÁTICOS INTERNACIONALES

(S/)

MONTO TOTAL (S/)

Noemi Gladys Mencia Sánchez

45435912

Ciencias Empresariales/ Contabilidad

Académica

Universidad Tecnológica de Bolívar

Colombia

20/09/2026 al

30/09/2026

4,660.00

6,050.00

10,710.00

Ronald César Cárdenas Arango

42320824

Ciencias Empresariales/ Administración

Académica

Universidad Tecnológica de Bolívar

Colombia

20/09/2026 al

30/09/2026

5,160.00

6,050.00

11,210.00

Artículo Segundo.- PRECISAR que el otorgamiento económico para la asignación de pasajes y viáticos institucionales a la Dra. Noemí Gladys Mencia Sánchez y al Mg. Ronald César Cárdenas Arango, docentes ganadores de la Primera Convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA - 2026”, asciende a un monto total de S/ 21,920.00 (VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), el cual será financiado de la siguiente manera:

ESPECÍFICA DE GASTO

IMPORTE (S/)

2.3.2.1.1.1 - PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE AL EXTERIOR DEL PAÍS

9,820.00

2.3.2.1.1.2 - - VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO AL EXTERIOR DEL PAÍS

12100.00

TOTAL

21,920.00

Artículo Tercero.- DISPONER que los beneficiarios efectúen la correspondiente rendición de cuentas y presenten el informe que acredite el cumplimiento de las actividades académicas y/o de investigación objeto de la movilidad, conforme a la normativa vigente.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR al Vicerrectorado Académico, al Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Responsable de publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados, para su conocimiento y cumplimiento y demás fines.

Regístrese, comuníquese y archívese.

PEDRO ANTONIO PALOMINO PASTRANA

Rector

Universidad Nacional de Huancavelica

ALEJANDRO RODRIGO QUILCA CASTRO

Secretario General

Universidad Nacional de Huancavelica

2554678-1