Autorizan viaje de miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para participar en evento a realizarse en México
RESOLUCIóN N° 000166-2026-P/JNE
Lima, 15 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Informe N° 000074-2026-OGCRI/JNE del 18 de agosto de 2026, de la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe N° 001099-2026-OGAJ/JNE del 10 de septiembre de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional Electoral de México mediante el Oficio No. INE/PC/ 293 /2026, cursa invitación para que el Señor presidente del Jurado Nacional de Elecciones o su representante designado pueda participar en la “Cumbre 2026: Resiliencia, Cooperación e Integridad - Elecciones en el Siglo XXI” del 23 al 25 de septiembre de 2026;
Que, la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, con Oficio N° 000393-2026-P/JNE manifiesta la participación del magistrado Aarón Oyarce Yuzzelli, miembro del Pleno del JNE;
Que, mediante la Certificación N° 03333-2026- OGPPM/JNE se otorga la certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, por el importe de S/. 6,840.00 (Seis mil ochocientos cuarenta con 00/100 soles), con la descripción de pasajes y gastos de transporte, así como de otros seguros personales;
Que, mediante Resolución N° 0821-2025-JNE, publicada el 23 de diciembre de 2025 en el diario oficial El Peruano, se declaró en sesión permanente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones respecto de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, una vez que estas sean convocadas, y habilitar los sábados, domingos y feriados para la programación y realización de audiencias públicas, sesiones deliberativas, notificaciones, así como otras actuaciones procesales en el marco del proceso electoral mencionado.
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe N° 001099-2026-OGAJ/JNE, considera relevante nuestra participación en la Cumbre descrita en esta decisión, considerando, además, tal como lo manifiesta la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales en el informe de vistos, que se recomienda la participación del magistrado. En dicho sentido, considera jurídicamente viable que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios objeto de la presente decisión;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
En uso de las atribuciones de las que está conferida esta Presidencia;
RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del magistrado Aarón Oyarce Yuzzelli, miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones; para que participe de la “Cumbre 2026: Resiliencia, Cooperación e Integridad - Elecciones en el Siglo XXI”, que se impartirá del 23 al 25 de septiembre de 2026, en México.
Artículo Segundo.- OTORGAR PERMISO CON GOCE DE HABER por comisión de servicios al magistrado Aaron Oyarce Yuzzelli, por el periodo comprendido del 22 al 26 de septiembre de 2026, para su participación como representante del Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Tercero.- PRECÍSESE que, por acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, no se afectará el despacho interno de la institución.
Artículo Cuarto.- Esta entidad cubrirá los gastos del magistrado Aaron Oyarce Yuzzelli según el siguiente detalle:
- Seguro de viaje internacional: S/. 367.20 (trescientos sesenta y siete con 20/100 soles).
- Pasajes aéreos: S/. 6 274.80 (seis mil doscientos setenta y cuatro con 80/100 soles).
Artículo Quinto.- Disponer que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado presente, a este despacho, un informe detallado, describiendo acciones realizadas y resultados obtenidos.
Artículo Sexto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Séptimo.- Transcribir la presente decisión a la Oficina General de Administración, y al comisionado, para su conocimiento y los fines consiguientes.
Artículo Octavo.- La presente resolución se publica en el diario oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO
Presidente
Jurado Nacional de Elecciones
2554648-1