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Fecha de publicación: 16/09/2026
Designan integrantes de la Comisión Consultiva del Despacho Presidencial, creada mediante Decreto Supremo N° 122-2026-PCM

Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad de Tate, provincia y departamento de Ica

RESOLUCIóN N° 3179-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026255367

TATE - ICA - ICA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 19 de agosto de 2026

VISTO: el Oficio N° 08-2026-MDT/SG, presentado el 10 de agosto de 2026 por don Luis Armando Mendoza Chanco, responsable de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Tate, provincia y departamento de Ica (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Félix Máximo Ramos Peña, alcalde de la referida comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. A través del oficio citado en el visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2026, a fin de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal fin, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 026-2026-MDT/A, del 12 de junio de 2026, así como la solicitud de licencia presentada por el señor alcalde el 4 de junio de 2026 a la Municipalidad Distrital de Tate.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM

1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la provincia constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE1

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026.

El acápite 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:

[…]

6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).

[…]

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones2 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación […]

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo N° 026-2026-MDT/A, del 12 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Tate concedió la licencia al señor alcalde, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 3 de octubre del 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).

2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Tate, y conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 0074-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Félix Jean Paul Moncada Lopez, identificado con DNI N° 71456565, primer regidor de su propia lista electoral, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tate.

2.3. Así también, con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Anthony Marlon Ortiz Ascencio, identificado con DNI N° 71608621, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Obras por la Modernidad, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tate.

2.4. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 4 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que don Félix Jean Paul Moncada Lopez, identificado con DNI N° 71456565 o don Anthony Marlon Ortiz Ascencio, identificado con DNI N° 71608621, participen como candidatos en las ERM 2026.

2.6. Del mismo modo, de la consulta de la ficha en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, las referidas personas no registran restricción ni fecha de fallecimiento, y sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes.

2.7. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Félix Máximo Ramos Peña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tate, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 3 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

2. CONVOCAR a don Félix Jean Paul Moncada Lopez, identificado con DNI N° 71456565, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Tate, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 3 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Anthony Marlon Ortiz Ascencio, identificado con DNI N° 71608621, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Tate, provincia y departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 3 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Del 11 de diciembre de 2025.

2 Aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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