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Fecha de publicación: 18/09/2026
Designan representantes titulares y alternos de las asociaciones de consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

Declaran de interés regional la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca, con proyección al año 2050

ORDENANZA REGIONAL

Nº D8-2026-GR.CAJ/CR

EXPEDIENTE Nº 000775-2026-022137

Cajamarca, 20 de julio de 2026

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE CAJAMARCA CON PROYECCIÓN AL 2050

EL GOBERNADOR REGIONAL DE CAJAMARCA

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL

DE CAJAMARCA;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

VISTO:

El Dictamen Nº D17-2026-GR.CAJ-COAJ, emitido por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos y la Comisión Ordinaria de Gestión Ambiental Sostenible, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional que declara de interés regional la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca con proyección al año 2050; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú dispone que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que, los artículos 37º, 38º y 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales ejercen funciones normativas y reguladoras mediante Ordenanzas Regionales, las cuales regulan asuntos de carácter general y materias de competencia regional;

Que, el literal c) del artículo 53º de la Ley Nº 27867 establece como función específica de los Gobiernos Regionales en materia ambiental formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas;

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26185, el Estado Peruano ratificó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, asumiendo compromisos para la gestión de los efectos del cambio climático y la reducción de la vulnerabilidad de la población y los ecosistemas;

Que, la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar las políticas públicas destinadas a la adaptación y mitigación frente al cambio climático;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Marco sobre Cambio Climático reconoce a los Gobiernos Regionales como autoridades competentes en materia de cambio climático dentro de sus respectivas jurisdicciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM se aprobó el Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, cuyo artículo 22º establece que las Estrategias Regionales de Cambio Climático constituyen instrumentos de gestión integral que orientan la acción del Estado a nivel regional y son formuladas y actualizadas por los Gobiernos Regionales en coordinación con la Comisión Ambiental Regional;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2021-MINAM se aprobaron los Lineamientos Metodológicos para la Formulación y Actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2024-MINAM se aprobó la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, instrumento rector para la gestión del cambio climático en el país;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 021-2013-GR.CAJ-CR se aprobó la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca, instrumento que requiere ser actualizado a fin de adecuarse al marco normativo vigente, a los compromisos climáticos nacionales e internacionales y a los actuales escenarios de vulnerabilidad y riesgo climático;

Que, mediante Informe Nº D10-2026-GR.CAJ-GRRNGMA-SGRNANP/PARL, la Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Naturales Protegidas sustentó técnicamente la necesidad de actualizar la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca;

Que, mediante Informe Legal Nº D1-2026-GR.CAJ-DRAJ/CFCZ, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluyó que resulta jurídicamente viable continuar con el trámite de la propuesta normativa orientada a declarar de interés regional la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca con proyección al año 2050;

Que, la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático constituye una acción de interés público regional, orientada a fortalecer la planificación ambiental, la gestión integral del cambio climático y el cumplimiento de los compromisos climáticos asumidos por el Estado peruano;

Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, la Ley Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto unánime del Pleno del Consejo Regional;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA

DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE CAJAMARCA CON

PROYECCIÓN AL AÑO 2050

Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca, con proyección al año 2050, en concordancia con la Ley Marco sobre Cambio Climático, su Reglamento, la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050 y demás normativa aplicable.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la presente declaratoria tiene carácter declarativo e institucional y no constituye la aprobación definitiva de la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca, la cual deberá sujetarse al procedimiento técnico y legal correspondiente, incluyendo la coordinación con la Comisión Ambiental Regional y la obtención de la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente, conforme a la normativa vigente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente impulsar y coordinar las acciones necesarias para el proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Cajamarca, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca y en el diario de mayor circulación de la región.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación.

Dado en la Cajamarca, a los 20 días del mes de julio del año dos mil veintiséis.

JESUS SALVADOR CASTREJÓN PALOMINO

Consejero Delegado

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional.

ROGER GUEVARA RODRIGUEZ

Gobernador Regional

2554568-1