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Fecha de publicación: 15/09/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Chongos Bajo y San Juan de Iscos de la provincia de Chupaca y en los distritos de Chupuro, Viques y Huacrapuquio de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimiento sísmico

Designan representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad

resolución suprema

nº 270-2026-pcm

Lima, 14 de setiembre de 2026

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1180, Decreto Legislativo que establece beneficio de recompensa para promover y lograr la captura de miembros de organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables de delitos de alta lesividad, regula el establecimiento y el otorgamiento del beneficio de recompensa a favor de ciudadanos colaboradores que brinden información oportuna e idónea que permita la búsqueda, captura y/o entrega de miembros de una organización criminal, personas vinculadas a ella o que actúen por encargo de la misma, organizaciones terroristas, así como presuntos autores y partícipes de uno o más delitos, con la finalidad de reducir los índices de criminalidad que afectan el orden interno y la seguridad ciudadana;

Que, mediante el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1180 se crea la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo, competente para evaluar los casos de terrorismo; y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad, competente para evaluar los casos relacionados a la criminalidad organizada y delitos de alta lesividad;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) de los numerales 10.1 y 10.2 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1180, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2016-PCM, la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad están conformadas, entre otros, por un representante titular y alterno de la Alta Dirección de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el artículo 11 del citado Reglamento establece que la designación de los representantes de las Comisiones Evaluadoras de Recompensas aludidas se efectúa mediante Resolución Suprema de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta del sector correspondiente;

Que, mediante Resolución Suprema N° 136-2026-PCM se designó a los señores OSCAR GUILLERMO CANEPA RUIZ y WALTER PERCY CASTILLO MUÑOZ como representantes titular y alterno de la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad;

Que, se ha visto por conveniente designar a los nuevos representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros ante las citadas Comisiones Evaluadoras de Recompensas;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1180, Decreto Legislativo que establece beneficio de recompensa para promover y lograr la captura de miembros de organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables de delitos de alta lesividad; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2016-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Resolución Ministerial N° 239-2026-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 136-2026-PCM.

Artículo 2.- Designar como representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad creadas mediante el Decreto Legislativo N° 1180 a:

- El señor JUAN JOSE CALLE DAVALOS como representante titular.

- El señor VICTOR HUGO FARFAN REYES como representante alterno.

Artículo 3.- Remitir una copia de la presente Resolución Suprema al Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior que preside la Comisión Evaluadora de Recompensas contra el Terrorismo y la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad; para los fines correspondientes.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

Presidente del Consejo de Ministros

2554556-4