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Fecha de publicación: 13/09/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en la República de la India

Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 01123-2026-DE

Lima, 11 de setiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 003290-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02280-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01718-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficios Nro. FA-CGFAE-JK-A1-c-2026-011-O y Nro. FA-CGFAE-JK-A1-c-2026-013-O, el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que una delegación de la citada institución armada participe en el Ejercicio “Unidos V” PER-ECU 2026, a realizarse en las ciudades de Manta y Guayaquil, República del Ecuador, del 14 al 18 de setiembre de 2026 (incluyendo días de viaje);

Que, con Oficio Extra FAP N° 003290-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú, para participar en el Ejercicio “Unidos V” PER-ECU 2026, a realizarse en las ciudades de Manta y Guayaquil, República del Ecuador, del 14 al 18 de setiembre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 14 de setiembre y su retorno el 18 de setiembre de 2026;

Que, a través del citado documento y del correo institucional del 10 de setiembre de 2026, la institución armada remite entre otros documentos, el Informe Legal N° 011; la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 N° 141 DGVC-ME/SIAF-RP; la exposición de motivos y sustento; así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000222, que garantiza el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal, por cuanto les permitirá adquirir conocimientos y experiencias relacionadas a operaciones aéreas desarrolladas en escenarios conjuntos y combinados, particularmente en Operaciones de Interdicción Aérea y SAR (Search and Rescue), los cuales podrán ser aplicados en la Fuerza Aérea del Perú, a fin de contribuir con el fortalecimiento de los procesos de entrenamiento, capacitación, interoperabilidad y empleo operacional del personal;

Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, la institución armada señala que, la Fuerza Aérea Ecuatoriana estará a cargo del traslado de ida del referido personal y el traslado de retorno se realizará en aeronave de la Fuerza Aérea del Perú; asimismo, precisa que los gastos por concepto de alojamiento del personal designado, serán asumidos por la Fuerza Aérea Ecuatoriana, de acuerdo a lo indicado en el Oficio Nro. FA-CGFAE-JK-A1-c-2026-011-O; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica por concepto de alimentación, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696- 2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

Que, a través del Oficio N° 02280-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 164-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01718-2026- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en el Ejercicio “Unidos V” PER-ECU 2026, a realizarse en las ciudades de Manta y Guayaquil, República del Ecuador, del 14 al 18 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 14 de setiembre y su retorno el 18 de setiembre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos

US$ 370.00 x 5 días x 3 personas x 40% US$ 2,220.00

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Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,220.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; y, de su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2554052-1