Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01105-2026-DE
Lima, 10 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 139 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02224-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01678-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Múltiple N° 00684-2026-MINDEF/VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa pone en conocimiento del Secretario de la Comandancia General del Ejército del Perú, el OF. RE (ANT) N° 22-6-BB/561 de la Dirección de Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del cual informa sobre la planificación de la Trigésima Tercera Expedición Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXXIII), a desarrollarse en el verano austral 2026-2027, para lo cual adjunta un itinerario consensuado de la ANTAR XXXIII para su respectiva validación e inicio de las gestiones para el desarrollo definitivo de la expedición Antártica;
Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 006-2026/Z-4.b.1, elaborada por la Comandancia General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército (COADNE) y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa a una delegación del Ejército del Perú, quienes realizarán la adquisición de bienes y contratación de Servicios (1er tramo) para la Expedición Científica del Perú a la Antártida “ANTAR XXXIII”, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 14 al 21 de setiembre de 2026;
Que, con Oficio N° 139 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel EP RODRIGO ANTONIO CHOCANO CHAVEZ, del Mayor EP RUDIAR RUIZ CORDOVA, del Capitán EP STEFANY MORENO AYQUIPA, del Teniente EP ALEJANDRO MARTIN MIRANDA VARGAS y del TENIENTE EP FELIX ALEXANDER MEZA SALINAS, para realizar la adquisición de bienes y contratación de servicios (1er tramo) para la Expedición Científica del Perú a la Antártida “ANTAR XXXIII”, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 14 al 21 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 13 de setiembre y su retorno el 22 de setiembre de 2026, sin que estos días generen gasto al tesoro público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite, entre otros, el Informe Técnico N° 012/COADNE, el documento “Hoja de Gastos”; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000001276 y N° 0000001324, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar designado; por cuanto, permitirá que se asegure la operatividad y funcionamiento de la Expedición Científica del Perú a la Antártida “ANTAR XXXIII”, consolidándose la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida;
Que, en el documento “Hoja de Gastos”, la institución armada señala que asumirá los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora N° 003: Ejército Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante el Oficio N° 02224-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 560-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, a través del Informe Legal N° 01678-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar del Ejército del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, para realizar la adquisición de bienes y contratación de servicios (1er tramo) para la Expedición Científica del Perú a la Antártida “ANTAR XXXIII”, a realizarse en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, del 14 al 21 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 13 de setiembre y su retorno el 22 de setiembre de 2026.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes Aéreos (ida y vuelta): Lima - Punta Arenas (Republica de Chile) - Lima
(clase económica)
US$ 993.88 x 5 personas US$ 4,969.40
Viáticos
US$ 370 x 5 personas x 8 días US$ 14,800.00
Total a pagar: US$ 19,769.40
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal militar autorizado.
Artículo 4.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2554002-1