Logo El Peruano
Fecha de publicación: 13/09/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en la República de la India

Autorizan viaje de personal militar a la República Argentina, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 01091-2026-DE

Lima, 9 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 4801 CCFFAA/OGA/OAI/URC de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Oficio N° 02235-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01659-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante carta s/n del 25 de junio de 2026, la Jefatura del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina invita al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, junto a una delegación, para participar en la “XXII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 14 al 18 de setiembre de 2026;

Que, con Oficio N° 4801 CCFFAA/OGA/OAI/URC, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular y suplente que participará en la “XXII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 14 al 18 de setiembre de 2026; así como autorizar su salida del país el 14 de setiembre y su retorno el 18 de setiembre de 2026;

Que, a través del citado documento, el mencionado órgano ejecutor remite el Informe Técnico N° 003/CCFFAA/OGA/OAI/URC, el Dictamen N° 389-2026/CCFFAA/OAJ, la exposición de motivos, la Declaración de Gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional, la Hoja de Disponibilidad Presupuestal; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000335 y N° 0000000648 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que resulta de interés institucional autorizar la citada comisión de servicio; por cuanto, permitirá dialogar, investigar nuevas oportunidades de cooperación bilateral entre ambas Fuerzas Armadas, así como intercambiar puntos de vista sobre temas de interés en común que renuevan y fortalecen las relaciones bilaterales y colaboración recíproca, los cuales redundarán en beneficio del CCFFAA y del Sector Defensa;

Que, mediante el citado Informe Técnico N° 003/CCFFAA/OGA/OAI/URC, se precisa, entre otros, que es necesario autorizar el pago por los conceptos de pasajes aéreos internacionales (ida y vuelta) y, debido al itinerario de los vuelos internacionales, cuatro (4) días de viáticos por el 100% del que corresponde a la zona geográfica establecida en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, asimismo, autorizar la salida del país el 14 de setiembre, sin que este día irrogue gasto al Estado peruano;

Que, mediante Oficio N° 02235-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 113-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior del referido personal, en comisión de servicio;

Que, mediante el Informe Legal N° 01659-2026- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal titular y suplente que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la “XXII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 14 al 18 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 14 de setiembre y su retorno el 18 de setiembre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - (Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina) - Lima

Clase económica

US$ 1,100.00 x 5 personas US$ 5,500.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 4 días x 5 personas US$ 7,400.00

Total a pagar: US$ 12,900.00

Artículo 4.- Los Oficiales Generales y los Oficiales Superiores autorizados para realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución deben cumplir con presentar un informe detallado ante el Ministro de Defensa y ante el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, respectivamente, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento del Ejército del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú la presente resolución, para los fines pertinentes.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2553985-1