Encargan el cargo de Vocal del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República
Resolución de Contraloría
N° 485-2026-CG
Lima, 11 de setiembre de 2026
VISTOS:
El Proveído N° 000239-2026-CG/DC, del Despacho del Contralor; la Hoja de Envío N° 005979-2026-CG/SGE, de la Secretaría General; el Memorando N° 001743-2026-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000458-2026-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 001117-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000718-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 000904- 2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;
Que, el artículo 45 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior ejerce la potestad para sancionar por cuanto determina la responsabilidad administrativa funcional e impone una sanción, teniendo como referencia los hechos contenidos en los informes que hubieran emitido los órganos del Sistema Nacional de Control, como resultado de un servicio de control posterior;
Que, el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional (en adelante, Reglamento del PAS), aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG, y sus modificatorias, establece las disposiciones complementarias para el ejercicio de la potestad sancionadora y el desarrollo del procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional, así como la conformación, atribuciones y funcionamiento de los órganos a cargo o relacionados con el procedimiento sancionador;
Que, de conformidad con el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento del PAS, el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas (TSRA) es el órgano resolutivo de carácter colegiado integrante del procedimiento sancionador, encargado de conocer y resolver en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación interpuestos por los administrados contra las resoluciones emitidas por la primera instancia; y, está integrado por su Presidente, los Vocales miembros de las Salas y el Secretario Técnico, según lo establecido en el artículo 26 del mismo Reglamento;
Que, conforme al literal a) del numeral 35.2 del artículo 35 del Reglamento del PAS, de manera excepcional, en los casos de vacancia del vocal nombrado o cuando no se hubiera cubierto por concurso público el cargo de vocal, mediante Resolución de Contraloría se puede encargar el cargo de vocal a profesionales de la Contraloría General de la República que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N° 27785 y en el artículo 36 del Reglamento del PAS, hasta el nombramiento de los vocales elegidos por concurso público de méritos;
Que, mediante el artículo 3 de la Resolución de Contraloría N° 404-2025-CG, de 2 de octubre de 2025, se dispuso la conformación de una Sala Única del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas;
Que, en dicho contexto, con Proveído N° 000239-2026-CG/DC, del Despacho del Contralor, en el marco de las funciones previstas en los literales i) y s) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, y sus modificatorias, se dispone la emisión del acto resolutivo de encargatura en el cargo de Vocal del TSRA a un profesional de esta Entidad Fiscalizadora Superior; y, con Hoja de Envío N° 005979-2026-CG/SGE, la Secretaría General dispone la evaluación de la propuesta de encargatura;
Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, en su condición de garantes del proceso de vinculación y selección de personal de la Entidad, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos del profesional propuesto para asumir temporalmente la encargatura del cargo de Vocal del TSRA, con base a la Ley N° 27785 y el Reglamento del PAS, en concordancia con el Manual de Clasificador de Cargos de la Contraloría General de la República, aprobado con Resolución de Secretaría General N° 000043-2025-CG/SGE;
Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000904-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000718-2026-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría por la cual se encarga en el cargo de Vocal del TSRA al profesional propuesto;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional, aprobado por Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, al señor Edmundo Alberto Guardia Yzaguirre, en el cargo de Vocal del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI
Contralor General de la República
2553962-1