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Fecha de publicación: 12/09/2026
Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE del Centro de Altos Estudios Nacionales - Escuela de Posgrado (CAEN - EPG)

Aprueban Reglamento RE-01-SEIR-DRE “Elaboración del Padrón Electoral para Procesos de Consulta Popular sobre Acciones de Demarcación Territorial”, primera versión

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° D000039-2026-RENIEC/JNAC

Lima, 11 de septiembre de 2026

VISTOS:

El Informe Nº D000025-2026-RENIEC/DRE (05SET2026) de la Dirección de Registro Electoral; el Memorando Nº D000263-2026-RENIEC/OPPM (08SET2026) de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000036-2026-RENIEC/OPPM-UMO (07SET2026) de la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000229-2026-RENIEC/OAJ (08SET2026) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargado entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos;

Que con el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, precisa como objetivos prioritarios el de garantizar políticas públicas que respondan a las necesidades y expectativas de las personas en el territorio, el de mejorar la gestión interna en las entidades públicas, el de fortalecer la mejora continua en el Estado y el de garantizar un gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas;

Que la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene como propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública; y, la Resolución de Contraloría N° 0146-2019-CG, que aprueba la Directiva N°006-2019-CG-INTEG sobre “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, como precepto regulador del procedimiento para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos;

Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa, a efecto de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos, la actualización de los vigentes o en otros casos que éstos se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;

Que mediante el Procedimiento PR-01-DEST-OPPM, Gestión y Control de Documentos Normativos”, primera versión, aprobado por Resolución Secretarial N° D000008-2026-RENIEC/SGEN (22JUL2026) se “establecen las actividades para la elaboración, actualización, derogación, revisión, aprobación, publicación, difusión, socialización, control y seguimiento de los documentos normativos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para las operaciones de sus procesos”; prescribiendo en su numeral 5.3 que corresponde al dueño del proceso identificar la necesidad de elaborar, actualizar o derogar el documento normativo, según los criterios previstos en el Anexo N° 01 del citado procedimiento;

Que en este contexto, mediante documento de vistos, la Dirección de Registro Electoral, en virtud a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias, propone el Reglamento “Elaboración del Padrón Electoral para Procesos de Consulta Popular sobre Acciones de Demarcación Territorial”, primera versión, cuyo objeto es “Establecer las disposiciones para la elaboración del Padrón Electoral para los procesos de consulta popular sobre acciones de demarcación territorial convocados para el 2027, acorde con la competencia del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil”;

Que la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su condición de órgano técnico especializado de la institución, a través del Informe de Vistos, ha emitido opinión favorable respecto a la aprobación del Reglamento propuesto por la Dirección de Registro Electoral, por lo que procedió a su codificación de acuerdo al siguiente detalle: Reglamento RE-01-SEIR-DRE “Elaboración del Padrón Electoral para Procesos de Consulta Popular sobre Acciones de Demarcación Territorial”, primera versión;

Que la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-01-SEIR-DRE “Elaboración del Padrón Electoral para Procesos de Consulta Popular sobre Acciones de Demarcación Territorial”, primera versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural y;

Que mediante Resolución Jefatural N° D000035-2026-RENIEC/JNAC (07SET2026) se dispone encargar a la señora RUBI ELISBETH RIVAS COSSIO, Secretaria General, las funciones del cargo de Jefa Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 08 al 14 de setiembre de 2026, en adición a sus funciones;

Estando a la propuesta de la Dirección de Registro Electoral y a la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias, y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento RE-01-SEIR-DRE “Elaboración del Padrón Electoral para Procesos de Consulta Popular sobre Acciones de Demarcación Territorial”, primera versión, que en anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Registro Electoral el cumplimiento de lo dispuesto y a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional www.reniec.gob.pe; y su anexo en el portal institucional www.reniec.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

RUBI ELISBETH RIVAS COSSIO

Jefa Nacional (e)

2553919-1