Autorizan viaje de servidor de la ONPE a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000148-2026-JN/ONPE
Lima, 10 de setiembre de 2026
VISTOS: Nota DRI/Presidencia TSJE Nº 69/2026, del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay; el Oficio Nº 000327-2026-JN/ONPE, de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como, el Informe Nº 000517-2026-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE;
Con Nota DRI/Presidencia TDJE Nº 69/2026, de fecha 20 de julio de 2026, el Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República de Paraguay, invitó al jefe (i) de la ONPE, para que participe como parte de la Misión de Observadores y Acompañamiento Electoral Internacional de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) durante las Elecciones de Intendentes Municipales y Miembros de Juntas Municipales en todos los distritos del país para el período 2026-2031, que se llevará a cabo en la ciudad de Asunción de la República de Paraguay, entre los días 1 al 4 de octubre del presente año;
Mediante el Oficio Nº 000327-2025-JN/ONPE, el jefe de la ONPE aceptó la invitación del Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República de Paraguay y, confirmó la participación del servidor FRANZ FÉLIX PAZ RETUERTO, subgerente (e) de la Subgerencia de Organización y Ejecución Electoral de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la ONPE, de acuerdo a las condiciones logísticas ofrecidas por el citado organismo, que cubrirán los gastos de boletos aéreos, alojamiento, alimentación y transporte interno;
En ese sentido, de acuerdo a los considerados precedentes, la participación de la ONPE, en la citada misión, fortalecerá los vínculos de cooperación internacional de la ONPE y permitirá compartir la experiencia peruana en materia de organización y ejecución de procesos electorales;
Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Por tanto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria, el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria;
Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del servidor FRANZ FÉLIX PAZ RETUERTO, subgerente (e) de la Subgerencia de Organización y Ejecución Electoral de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del 30 de setiembre al 5 de octubre de 2026, a la República de Paraguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos referidos al boleto aéreo, alejamiento y alimentación del comisionado, serán cubiertos por el Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República del Paraguay y los gastos referidos al seguro de viaje, por los días comprendidos entre el 30 de setiembre al 5 de octubre de 2026, serán cubiertos por la ONPE, según el siguiente detalle:
- Seguro de Viaje en el exterior 51010037009 00Z/1: S/ 346.13
Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Disponer que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el servidor mencionado en el Artículo Primero de la presente Resolución, deberá presentar a esta Jefatura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos.
Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución a conocimiento de la Gerencia de Recursos Humanos y del servidor mencionado en el Artículo Primero de la presente Resolución, para los fines pertinentes.
Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe (i)
2553880-1