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Fecha de publicación: 11/09/2026
Autorizan viaje de servidor del CONCYTEC para participar en eventos a realizarse en Francia

Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aérea del Perú a España, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 01106-2026-DE

Lima, 10 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Oficio EXTRA FAP N° 003065-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02178-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01660-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, a través del Oficio N° 6421 S-CGE/N-01.3/02.00, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú remite a la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el Oficio N° 1767/ESGE-EPG/U-5.a.6, por el cual la Dirección de la Escuela Superior de Guerra del Ejercito del Perú - Escuela de Postgrado informa que se ha designado al Coronel FAP BENJAMIN ANDRADE ZAMBRANO, alumno del XVII Programa de Alto Mando del Ejército (PAME), para participar en la “Estancia Académica” de la Escuela Superior de Guerra del Ejército - Escuela de Postgrado, a realizarse en la Universidad de Nebrija, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 14 al 18 de setiembre de 2026; por lo que, solicita gestionar la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios;

Que, por medio del Oficio EXTRA FAP N° 003065-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP BENJAMIN ANDRADE ZAMBRANO, identificado con NSA N° 96310 y DNI N° 16020655, alumno del XVII Programa de Alto Mando del Ejército (PAME), para participar en la “Estancia Académica” de la Escuela Superior de Guerra del Ejército - Escuela de Postgrado, a realizarse en la Universidad de Nebrija, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 14 al 18 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 12 de setiembre y su retorno el 20 de setiembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Técnico Legal N° 063-DEAJ 2026, la exposición de motivos, el documento “Hoja de gastos y declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG-N° 128 DGVC-ME/SIAF-RP”; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000005 y N° 0000000022, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, de acuerdo con lo señalado en la exposición de motivos de la institución armada, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP BENJAMIN ANDRADE ZAMBRANO; por cuanto, permitirá contribuir a la formación de Oficiales Superiores con una visión conjunta, estratégica e interinstitucional, particularmente útil para aquellos que posteriormente puedan desempeñarse en puestos de Comando, Estado Mayor, planeamiento estratégico, y desempeñarse en organismos del Sector Defensa;

Que, mediante Oficio N° 02178-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 151-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, con Informe Legal N° 01660-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP BENJAMIN ANDRADE ZAMBRANO, alumno del XVII Programa de Alto Mando del Ejército (PAME), para participar en la “Estancia Académica” de la Escuela Superior de Guerra del Ejército - Escuela de Postgrado, a realizarse en la Universidad de Nebrija, ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 14 al 18 de setiembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 12 de setiembre y su retorno el 20 de setiembre de 2026.

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Madrid (Reino de España) - Lima

Clase económica

US$ 3,065.50 x 1persona US$ 3,065.50

Viáticos:

US$ 540.00 x 5 días x 1 persona US$ 2,700.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 5,765.50

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2553490-1