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Fecha de publicación: 11/09/2026
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Oficializan al departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00320-2026-PRODUCE

Lima, 10 de setiembre de 2026

VISTOS: El Memorando N° 00000974-2026-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos N° 00000936-2026-PRODUCE/DGDE y 00000776-2026-PRODUCE/DGDE; el Informe N° 00000029-2026-PRODUCE/DGDE-cpasachec de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 00000028-2026-PRODUCE/DDP-gpachari de la Dirección de Desarrollo Productivo de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe N° 00000525-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; y el Informe N° 00001253-2026-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción es competente en materia de pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; asimismo, es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo N° 1047 establece que, entre las funciones rectoras del Ministerio de la Producción, se encuentra la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, entre otras;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-91-ICТI-IND se reconoce oficialmente al Pisco como denominación de origen peruano, para los productos obtenidos por la destilación de caldos, resultante de la fermentación exclusiva de la uva madura, obtenida en la costa de los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y los Valles
de Locumba, Sama y Caplina del departamento de Tacna;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 014-2003- PRODUCE, se constituye la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, dependiente del Ministerio de la Producción, denominada “Comisión Nacional del Pisco - CONAPISCO”, cuyo objeto es realizar el seguimiento de las acciones de promoción, difusión y asistencia técnica desarrolladas por las entidades e instituciones que la conforman, a fin de potenciar la ventaja competitiva y respaldar la promoción nacional e internacional del Pisco como bebida bandera del Perú;

Que, los artículos 1 y 3 de la Ley N° 30460, Ley que declara de interés nacional la promoción y difusión del vino peruano y del pisco como bebidas nacionales señala que, se declara de interés nacional la promoción y difusión del vino peruano y del pisco como bebidas nacionales, y se establece que PRODUCE, de conformidad con sus competencias y funciones, dispondrá las normas y acciones pertinentes para la aplicación e implementación, entre otros, de la promoción del desarrollo tecnológico y comercial de las economías regionales a partir de acciones relacionadas con actividades de servicios vinculadas al sector vitivinícola y pisquero del país;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 000154-2025- PRODUCE, se oficializa la realización anual del Concurso Nacional del Pisco, disponiendo su celebración durante el tercer trimestre de cada año y encargando a la Dirección General de Desarrollo Empresarial la adopción de las acciones que resulten necesarias para su organización;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, la Dirección General de Desarrollo Empresarial es el órgano técnico normativo de línea responsable de promover e implementar las políticas nacionales y sectoriales para el desarrollo productivo de las MIPYME, industria, parques industriales, cooperativas y comercio interno, a través de la ampliación de mercados, el fortalecimiento de capacidades productivas y la creación de espacios de representatividad, en el ámbito de sus competencias;

Que, mediante el Memorando N° 00000776- 2026-PRODUCE/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, que hace suyo el Informe N° 00000028-2026-PRODUCE/DDP-gpachari de su Dirección de Desarrollo Productivo, se señala que, se cursaron los oficios convocando a los departamentos de Arequipa, Moquegua, Ica, Tacna y Lima, a fin de presentar sus propuestas para asumir la sede y organización del Concurso Nacional del Pisco 2026, conforme a los requisitos técnicos, logísticos, operativos y presupuestales establecidos en la Guía para la Presentación de Propuestas; en tal sentido, en el marco del procedimiento de convocatoria efectuado para la selección de la sede y organizador del Concurso Nacional del Pisco 2026, el departamento de Moquegua presentó su propuesta de candidatura dentro del plazo establecido; la misma que de acuerdo con la evaluación técnica realizada, cumple con los requisitos previstos en la citada Guía, al haber acreditado contar con la capacidad institucional, logística, operativa y presupuestal necesaria para asumir la organización del referido concurso;

Que, la Dirección General de Desarrollo Empresarial, mediante el Memorando N° 00000936-2026-PRODUCE/DGDE y el Informe N° 00000029-2026-PRODUCE/DGDE-cpasachec, sustenta la necesidad de oficializar al departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026, acreditando el cumplimiento de los requisitos previstos en la Guía para la Presentación de Propuestas;

Que, mediante el Informe N° 00000525-2026- PRODUCE/DGPAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, sustentada en el Informe N° 00000696-2026-PRODUCE/DN de su Dirección de Normatividad, considera viable continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que oficializa al departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026;

Que, mediante el Informe N° 00001253-2026- PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable la emisión de la presente Resolución Ministerial;

Que, en ese sentido, considerando el sustento técnico y legal expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario oficializar al departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30460, Ley que declara de interés nacional la promoción y difusión del vino peruano y del Pisco como bebidas nacionales; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficialización del departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026

Oficializar al departamento de Moquegua como sede y organizador del XXVII Concurso Nacional del Pisco 2026.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN

Ministro de la Producción

2553476-1