Dan por concluida la designación de fiscal en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja
Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 2783-2026-MP-FN
Lima, 10 de setiembre de 2026
VISTOS:
Los oficios N°s. 010603 y 011390-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fechas 21 de agosto y 7 de septiembre de 2026, respectivamente, e informe N° 0153-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 8 de septiembre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 846-2021-MP-FN y 860-2021-MP-FN, de fechas 9 y 14 de junio de 2021, respectivamente, se designó al abogado Henry Amenábar Almonte, fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja.
A través de los oficios N°s. 010603 y 011390-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fechas 21 de agosto y 7 de septiembre de 2026, respectivamente, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 20 de agosto de 2026, suscrita por el abogado Henry Amenábar Almonte, quien formula su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, por motivos personales, señalando como fecha de efectividad el 3 de diciembre de 2025; asimismo, remite información respecto a la redistribución de la carga laboral del citado abogado.
En ese contexto, debe tenerse en consideración que con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 102-2026-MP-FN-JFS, de fecha 8 de septiembre de 2026, se aceptó excepcionalmente y con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado Henry Amenábar Almonte al cargo de fiscal adjunto provincial en lo penal de Lima, desde el 3 de diciembre de 2025, sin perjuicio de las acciones disciplinarias, investigaciones o procesos administrativos que correspondan.
Del reporte de quejas y denuncias N° 02630-2026-202000500, de fecha 27 de agosto de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra cinco (5) quejas en trámite.
El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, y a la renuncia aceptada por la Junta de Fiscales Supremos, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que dé por concluida la designación del fiscal renunciante, con eficacia anticipada, a partir del 3 de diciembre de 2025; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe N° 0153-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 8 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Henry Amenábar Almonte, fiscal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Miraflores-Surquillo-San Borja, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 846-2021-MP-FN y 860-2021-MP-FN, de fechas 9 y 14 de junio de 2021, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 3 de diciembre de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado al abogado Henry Amenábar Almonte mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 193-2005-CNM, de fecha 25 de enero de 2005.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Henry Amenábar Almonte que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2553300-2