Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 071-2022-CE-PJ, que aprobó el documento normativo “Protocolo denominado otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley N° 30364” - Versión 001
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000303-2026-CE-PJ
Lima, 9 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000970-2026-GG-PJ a través del cual la Gerencia General del Poder Judicial remite el Oficio N° 000554-2026-ST-CJG-PJ, de la Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial; el Informe N° 000193-2026-SM-GMPP-GG-PJ de la Subgerencia de Modernización; el Memorando N° 001106-2026-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000916-2026-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Primero. Mediante la Resolución Administrativa N° 000209-2026-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió hasta el 15 de diciembre de 2026 el plazo establecido en la Disposición Transitoria 9.1 de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, Versión 004. Dicha prórroga tiene como objetivo la actualización integral de las normas internas de la institución, fijando para el Hito 2 la presentación de informes técnicos a fin de dejar sin efecto los documentos calificados en condición de “Derogar y/o dejar sin efecto”.
Segundo. La Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece en su artículo 16, numeral 2, que las entidades del sector público deben revisar periódicamente sus regulaciones para garantizar la eficiencia y simplificación administrativa. Asimismo, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 123-2018-PCM señala que las instituciones aplican el modelo de gestión por resultados con el fin de optimizar sus procesos e identificar aspectos que contribuyan a la generación de valor público.
Tercero. Bajo dicho marco de optimización, el numeral 6.7.3 de la Directiva N° 012-2025-CE-PJ regula la propuesta de derogación de aquellos documentos normativos que presenten obsolescencia, inaplicabilidad o conflicto con otras normas. En tales supuestos, corresponde a la unidad proponente sustentar el retiro formal de la norma para asegurar que el ordenamiento de la entidad sea predictible y coherente.
Cuarto. La Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial remitió el Informe N° 000029-2026-ST-CJG-PJ, sustentando la necesidad de dejar sin efecto el “Protocolo denominado otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley N° 30364” - Versión 001, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante la Resolución Administrativa N° 071-2022-CE-PJ del 7 de marzo de 2022.
Quinto. La Subgerencia de Modernización, mediante el Informe N° 193-2026-SM-GMPP-GG-PJ, validó dicha solicitud al constatar que las materias de la citada norma fueron absorbidas e íntegramente actualizadas por el nuevo “Protocolo: Otorgamiento de Medidas de Protección en el marco de la Ley N° 30364” - Versión 001, aprobado por la Resolución Administrativa N° 000483-2025-CE-PJ del 30 de diciembre de 2025. Al no haberse derogado expresamente la norma del año 2022, se ha configurado una duplicidad regulatoria y un conflicto normativo que genera inseguridad jurídica para los operadores del sistema de justicia.
Sexto. La Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto hizo suyo el referido informe a través del Memorando N° 001106-2026-GMPP-GG-PJ. De igual modo, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluyó que la propuesta es procedente y jurídicamente viable por cumplir de forma estricta con las directrices de modernización y el cronograma del Hito 2. Por lo tanto, corresponde formalizar el retiro de dicha norma del ordenamiento jurídico institucional.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1035-2026 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 8 de septiembre de 2026, realizada con la participación de la señora Tello Gilardi, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 071-2022-CE-PJ de fecha 7 de marzo de 2022, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que aprobó el documento normativo denominado “Protocolo denominado otorgamiento de medidas de protección y cautelares en el marco de la Ley N° 30364” - Versión 001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, así como las Unidades de Organización y Unidades Funcionales correspondientes, se guíen exclusivamente bajo el protocolo vigente aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000483-2025-CE-PJ.
Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Modernización de la Gerencia General del Poder Judicial, la actualización del registro institucional de documentos normativos en estricto cumplimiento de las metas del Hito 2 del proceso de depuración normativa.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
Consejo Ejecutivo
2553271-1