Delegan facultades en diversos funcionarios del OTASS, durante el ejercicio presupuestal 2026
Resolución de Presidencia Ejecutiva
N° 000118-2026-OTASS-PE
Lima, 10 de septiembre de 2026
VISTO:
El Memorando N° 001126-2026-OTASS-DFP de la Dirección de Fortalecimiento de Prestadores, el Memorando N° 000766-2026-OTASS-DSME de la Dirección de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación, el Memorando N° 000634-2026-OTASS-DPDC de la Dirección de Planificación para el Desarrollo Corporativo, el Memorando N° 000483-2026-OTASS-OA de la Oficina de Administración, el Informe Técnico N° 000028-2026-OTASS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Legal N° 000387-2026-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° 000528-2026-OTASS-GG de la Gerencia General y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario. Es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; y la política de integración de prestadores;
Que, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE, en adelante el ROF del OTASS, establece entre otros, que la Presidencia Ejecutiva está a cargo del Presidente Ejecutivo, quien es el titular de la entidad y del pliego presupuestal y ejerce la representación institucional;
Que, los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, en adelante el TUO de la LPAG, establecen entre otros, que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación, entre otros;
Que, en el mismo sentido, el numeral 74.1 del artículo 74, del TUO de la LPAG, establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 27444;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000110-2025-OTASS-PE, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de enero de 2026, se delegan en la Gerencia General y diversas Jefaturas del OTASS, el ejercicio de facultades, durante el ejercicio presupuestal 2026;
Que, a través del Memorando N° 001126-2026-OTASS-DFP de la Dirección de Fortalecimiento de Prestadores, del Memorando N° 000766-2026-OTASS-DSME de la Dirección de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación, del Memorando N° 000634-2026-OTASS-DPDC de la Dirección de Planificación para el Desarrollo Corporativo, el Memorando N° 000483-2026-OTASS-OA de la Oficina de Administración, el Informe Técnico N° 000028-2026-OTASS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Memorando N° 000528-2026-OTASS-GG de la Gerencia General, se da cuenta de la evaluación y de la propuesta de modificación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000110-2025-OTASS-PE, mediante la cual delegan en la Gerencia General y diversas Jefaturas del OTASS, el ejercicio de facultades, durante el ejercicio presupuestal 2026;
Que, considerando que las modificaciones a la delegación de facultades propuestas por las unidades de organización competentes modifican sustancialmente la estructura y contenido de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000110-2025-OTASS-PE, y a fin de contar con un único instrumento normativo que consolide y regule de manera integral las facultades delegadas para el ejercicio 2026, en atención a las necesidades de gestión institucional, resulta necesario derogar la citada Resolución y aprobar una nueva que establezca las delegaciones de facultades correspondientes; al periodo restante del ejercicio 2026 de acuerdo con las necesidades actuales de gestión institucional;
Que, por su parte, mediante el Informe Legal N° 000387-2026-OTASS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que derogue la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000110-2025-OTASS-PE y, en consecuencia, apruebe una nueva Resolución de Presidencia Ejecutiva mediante la cual se delegue en la Gerencia General, en los órganos de línea y en las diversas Jefaturas del OTASS, el ejercicio de facultades, para el periodo restante del ejercicio presupuestal 2026;
Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Fortalecimiento de Prestadores, de la Dirección de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación, de la Dirección de Planificación para el Desarrollo Corporativo, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Unidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Finanzas;
De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegación de facultades en el Gerente General
Delegar en el Gerente General, durante el ejercicio presupuestal 2026, las siguientes facultades:
1.1 En materia de gestión:
a) Proponer, aprobar, modificar y/o revocar normas, manuales y directivas que regulan la administración y funcionamiento interno de la entidad, en concordancia con las políticas institucionales establecidas.
b) Suscribir convenios, contratos y otros documentos de naturaleza similar de carácter institucional con entidades públicas y/o privadas, nacionales o extranjeras, de conformidad con la normatividad vigente, así como sus modificatorias; inclusive los convenios relacionados con las transferencias financieras que efectúa el OTASS.
c) Aceptar donaciones de bienes muebles patrimoniales que se encuentren en el territorio nacional o provenientes del extranjero, así como la suscripción de la solicitud de afectación de uso y transferencia de bienes muebles e inmuebles por cualquier título, a favor del OTASS.
1.2 En materia de acciones administrativas:
Ejercer la representación legal del OTASS ante aquellas entidades públicas tales como la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP y sus oficinas de las Zonas Registrales (a excepción de la facultad otorgada a la Jefatura de la Oficina de Administración señalada en el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2 de la presente resolución), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, las Entidades Prestadoras de Salud - EPS, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP y Empresas de Seguros, y ante entidades privadas, siempre que resulten vinculadas con la función administrativa de la Entidad en las que el OTASS tenga la condición de administrado o cuando requiera información para adquirir tal condición; así como la que sea requerida para el cumplimiento de las funciones de los sistemas administrativos que conduce y supervisa.
1.3 En materia presupuestaria:
Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen entre las Unidades Ejecutoras, que correspondan al Titular del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
1.4 En materia de recursos humanos:
Autorizar las prácticas profesionales y preprofesionales.
1.5 En materia del Planeamiento Estratégico:
Aprobar las actualizaciones del Plan Operativo Institucional del OTASS.
1.6 En materia Contable:
La aprobación de las acciones requeridas para la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP).
Artículo 2.- Delegación de facultades en el Jefe de la Oficina de Administración
Delegar en el Jefe de la Oficina de Administración, durante el ejercicio presupuestal 2026, las siguientes facultades:
2.1. En materia de acciones administrativas:
a) Autorizar encargos.
b) Emitir directivas, lineamientos internos y resoluciones en el ámbito de su competencia.
c) Ejercer la representación legal del OTASS ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP y sus oficinas de las Zonas Registrales, para la primera inscripción de vehículos, a través de la suscripción de los documentos denominados:
• Formatos de Inmatriculación (Primera Inscripción) de SUNARP,
• Cláusula Medio de Pago,
• Carta Poder para recoger placa única nacional de rodaje y suscribir la respectiva constancia de entrega,
• Escritos para subsanar esquela de observación de SUNARP y
• Cualquier otro documento que tenga el propósito de conseguir la primera inscripción de vehículos en los Registros Públicos.
2.2. En materia de recursos humanos y acciones administrativas de personal:
a) Conformar el Comité de Selección encargado de la conducción de los procesos de selección de personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, así como su modificación.
b) Autorizar las suplencias mediante memorando de los puestos y funciones de servidores públicos de OTASS, previo informe de la Unidad de Recursos Humanos.
2.3 En materia de Tesorería:
Designar a los titulares y suplentes del manejo de cuentas bancarias del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento.
2.4 En materia de Contrataciones Públicas:
Aprobar las contrataciones mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.
Artículo 3.- Delegación de facultades en el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración.
Delegar en el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, durante el ejercicio presupuestal 2026, las siguientes facultades:
a) Suscribir los contratos del personal del OTASS, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, así como su renovación, prórroga, suspensión, extinción y otros que correspondan, con sujeción a la normativa laboral y presupuestaria vigente.
b) Suscribir los convenios de prácticas pre profesionales y profesionales derivados del Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público, así como los actos que los modifiquen, renueven, culminen y resuelvan.
c) Emitir certificados y/o constancias de trabajo que sean peticionados por los servidores y ex servidores del OTASS, así como, emitir constancias de prácticas pre profesionales y profesionales.
d) Atender los requerimientos de información en materia del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
e) Suscribir contratos con entidades prestadoras de salud - EPS y pólizas de seguros relacionadas a riesgos humanos.
f) Remitir información a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR o la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, por acciones en materia de personal relacionadas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
g) Disponer la nueva convocatoria de los procesos de selección bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS que hayan sido declarados desiertos, previa coordinación con el área usuaria, siempre que:
i. El requerimiento haya sido previamente autorizado por la instancia competente;
ii. No se modifique el perfil del puesto, la remuneración, la modalidad contractual ni la fuente de financiamiento; y,
iii. Se mantengan las condiciones establecidas en las bases originales del proceso.
h) Designar temporalmente mediante acto resolutivo, las funciones correspondientes a los puestos de directivos superiores o empleados de confianza, de conformidad con la normativa vigente y previo cumplimiento de los requisitos establecidos para cada caso.
Artículo 4.- Delegación de facultades en el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica
Delegar en el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, durante el ejercicio presupuestal 2026, la facultad de ejercer la representación de la Entidad para absolver requerimientos de información y la remisión de documentación de carácter legal que solicite la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las demás Procuradurías Públicas a cargo de los asuntos jurídicos de las Entidades, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, la Policía Nacional del Perú, los Tribunales Administrativos y Tribunales Arbitrales, Instancias Administrativas, en los procesos o procedimientos en los que el OTASS sea parte o sea requerido; asimismo, cuando se requiera información para los fines de defensa legal.
Artículo 5.- Delegación de facultades en el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
Delegar en el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, durante el ejercicio presupuestal 2026, la facultad de aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático, que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras, que correspondan al Titular del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 6.- Delegación de facultades en los Directores de la Dirección de Fortalecimiento de Prestadores, de Planificación para el Desarrollo Corporativo y de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación
Delegar en los Directores de la Dirección de Fortalecimiento de Prestadores, de la Dirección de Planificación para el Desarrollo Corporativo y de la Dirección de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación, durante el ejercicio presupuestal 2026, la facultad de dar respuesta a las solicitudes y consultas dirigidas a la Presidencia Ejecutiva y formuladas por las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal, y de los demás prestadores del ámbito urbano, respecto de materias o asuntos estrictamente comprendidos en el ámbito de las funciones asignadas a las citadas Direcciones en el ROF del OTASS.
Artículo 7.- Observancia de los requisitos legales
La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos en cada caso.
Artículo 8.- Obligación de informar
Los funcionarios y servidores en los cuales se ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución, deben informar mensualmente sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada mes. La Gerencia General consolida y remite la información al despacho de la Presidencia Ejecutiva dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes.
Artículo 9.- Derogación
Derogar la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000110-2025-OTASS-PE, que delega en la Gerencia General y diversas Jefaturas del OTASS, el ejercicio de facultades, durante el ejercicio presupuestal 2026.
Artículo 10.- Notificación
Notificar la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a los funcionarios y servidores en quienes han sido delegadas las facultades y atribuciones.
Artículo 11.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MANUEL YAÑEZ LAZO
Presidente Ejecutivo
2553235-1